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Pifia de secretario de la Corte en proyecto sobre jubilaciones de CFE

El máximo tribunal corrigió el error en sesión privada

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▲ El presidente de la SCJN, Hugo Aguilar Ortiz, durante la sesión en que ocurrió el yerro.Foto Germán Canseco
 
Periódico La Jornada
Viernes 16 de enero de 2026, p. 4

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) cerró ayer su sesión pública con un error en el conteo de votos del nuevo secretario general de Acuerdos, Daniel Álvarez Toledo, quien dio por aprobado un proyecto que fijaba un criterio obligatorio (jurisprudencia) y condicionaba el pago retroactivo de pensiones jubilatorias de trabajadores de la Comisión Federal de Electricidad (CFE). La equivocación obligó al máximo tribunal a corregir la decisión en privado.

El tropiezo del secretario –quien asumió el cargo el pasado lunes– ocurrió cuando, tras recabar la votación, afirmó que existía mayoría para aprobar el proyecto del presidente de la Corte, Hugo Aguilar Ortiz, aunque en realidad la votación fue de cinco en contra y cuatro a favor.

“Ministro presidente, me permito informar que existe mayoría de votos a favor de la propuesta, tanto en la parte de la existencia de la contradicción como en la parte del estudio de fondo”, dijo el secretario.

Luego de escuchar el resultado, Aguilar Ortiz afirmó: “en consecuencia, se tiene por resuelta la contradicción de criterios 223/2025, en los términos de esta sesión”. Se dio por concluida la lista de asuntos y levantó la sesión con el golpe de mallete.

Fuentes del tribunal informaron que, tras cerrar la sesión, ministros pidieron la rectificación de la votación y se comprobó que la mayoría había votado en contra de la propuesta de Aguilar, por lo que se acordó corregir el acta de la sesión –que se votará el próximo lunes- y notificar a las partes del juicio sobre el resultado real.

El proyecto de Aguilar Ortiz establecía que para exigir el pago retroactivo de su pensión jubilatoria prevista en su contrato colectivo será obligatorio haber presentado antes una solicitud a la CFE por conducto del sindicato electricista; de lo contrario, no podrán reclamarlo ante los tribunales.