Sábado 24 de enero de 2026, p. 8
Aunque los partidos políticos reciben una multa cercana a 100 mil pesos por cada persona que afilian de manera indebida, la práctica continúa. Apenas en una reciente revisión hecha por el Instituto Nacional Electoral (INE), confirmó multas a Morena y al PRI, las cuales han empezado a ser ratificadas por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
La sanción es convalidada por los magistrados de la sala superior del TEPJF una vez que se confirma que no existe un documento firmado por el ciudadano relativo a su voluntad de pertenecer a un partido o también cuando es desafiliado sin causa legal. El INE generó un sistema para que cualquier persona verifique si está en un padrón de militantes partidistas, sólo tiene que escribir su clave de elector en el sitio oficial (www.ine.mx).
Esta semana, en la sesión de la sala superior fueron resueltos, entre otros, proyectos de los magistrados Felipe Fuentes y Felipe de la Mata. Los recursos de apelación tuvieron como fin impugnar la resolución del Consejo General del INE, que impuso una multa por haber afiliado a un ciudadano a su padrón de militantes sin su consentimiento, “haciendo con ello uso indebido de sus datos personales”.
En las ponencias del TEPJF, aprobados por unanimidad, se indicó que “la carga probatoria para acreditar la voluntad de una afiliación corresponde a los partidos políticos, siendo inviable jurídicamente trasladar esa obligación a los denunciantes”.
En las sentencias se declaran en todos los casos inoperantes los argumentos de los quejosos, porque no señalaron los presuntos errores en las sanciones ni habrían sido vulnerados sus derechos.












