Domingo 22 de marzo de 2026, p. 9
En un posicionamiento por el Día Internacional de la Eliminación de la Discriminación Racial (21 de marzo), remarcan que “nuestra participación no debe ser eventual, sino estructural y permanente”, y advierten que “la política hacia los pueblos indígenas no puede circunscribirse sólo a transferencias monetarias, programas temporales, folclor o programas asistenciales de voluntad sexenal”.
El escrito signado por Indigenous Peoples Rights International capítulo México, los centros de Derechos Humanos Fray Bartolomé de Las Casas y de la Montaña Tlachinollan, así como Voces del Territorio México, exigen la expedición de una ley reglamentaria del artículo 2 constitucional.
Precisan que el reglamento garantizará que los derechos colectivos de los pueblos indígenas y afromexicano “no queden en declaraciones, sino se traduzcan en normas vinculantes que aseguren su ejercicio efectivo en ámbitos políticos, sociales, económicos y culturales”.
Eso fortalecerá la libre determinación, participación, preservación de territorios y formas de organización en cumplimiento de los principios constitucionales de igualdad y no discriminación: “Es una demanda urgente que no puede postergarse más”.
Denuncian que durante décadas la política indígena ha “oscilado entre el reconocimiento discursivo y la administración asistencialista; sin embargo, en el marco jurídico nacional e internacional existen bases suficientes para una transformación profunda en la relación del Estado mexicano con los pueblos indígenas, más allá de coyunturas o políticas sexenales”.
Reconocen que las recientes reformas legislativas a escala nacional y algunas prácticas institucionales han reconocido a los pueblos indígenas como sujetos colectivos de derecho público, “lo cual valoramos como avance, pero es insuficiente, ya que al parecer quiere reducirse a la transferencia de recursos, más allá del reconocimiento integral como sujeto político de derechos y con autonomía”.











