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Corte fija proceso legal para gestación subrogada
 
Periódico La Jornada
Miércoles 4 de febrero de 2026, p. 12

Ante la ausencia de legislación, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) fijó ayer un criterio obligatorio con el procedimiento legal para los casos de gestación subrogada, desde la firma del acuerdo entre las partes hasta facultar a los jueces para ordenar la expedición del acta de nacimiento del bebé.

Con siete votos contra dos, el pleno determinó que, antes del embarazo y sin conflicto entre las partes, el acuerdo debe formalizarse en jurisdicción voluntaria: primero ante notario y luego ante un juez, quien verificará que no se vulneren derechos humanos, especialmente los de la gestante, y al nacimiento ordenará de inmediato la expedición del acta.

“La fe pública del acuerdo permiti-rá garantizar la veracidad, temporaria y consentimiento de las partes, mientras la revisión jurisdiccional no contenciosa se centrará en los elementos cualitativos del acuerdo, el equilibrio entre las partes y el reconocimiento de la filiación, derivada de la manifestación de ausencia de voluntad procreacional de la persona gestante sustituta, frente a la intención procreacional de los ascendientes”, señaló la ministra ponente, Loretta Ortiz Ahlf.

Con ello, el máximo tribunal concluyó que la falta de regulación no impide a las autoridades resolver estos casos para proteger los derechos humanos, al reconocer que sólo cuatro entidades tienen normas al respecto: Sinaloa y Tamaulipas lo permiten, mientras San Luis Potosí y Querétaro lo prohíben. En el resto del país existe un vacío legal.

El asunto llegó a la Corte por una contradicción de criterios entre tribunales colegiados, derivada de la falta de legislación en la Ciudad de México: algunos consideraron que la jurisdicción voluntaria no es la víaidónea por involucrar filiación y ter-ceros sin regulación, y otro la avaló para tramitar actas de nacimiento al privilegiar el interés superior de la niñez y el derecho a la identidad ante la ausencia de controversia.

En contra del proyecto estuvieron Irving Espinosa Betanzo y Lenia Batres Guadarrama. El togado aclaró que su postura no busca negar el derecho a la identidad ni al registro de nacimiento, sino cuestionar que, ante la ausencia de regulación, sea el Poder Judicial de la Federación el que defina el mecanismo jurídico para la expedición del acta, función que –sostuvo– corresponde al ámbito legislativo.

“Hay que decirlo muy claro, sólo se regula lo que es de trascendencia para el Estado y esa es una actividad de interés público y de trascendencia, si la realidad ha superado la normativa local, eso es otro tema, pero si las entidades federativas han determinado regular o no la gestación subrogada o sustituta, esa es determinación de cada Congreso”, señaló.