Sábado 3 de enero de 2026, p. 10
En el Senado está listo el proyecto de dictamen de la última de las leyes secundarias de la reforma judicial, en el que se establecen cambios para avanzar a una justicia pronta, entre ellos plazos procesales más breves, investigaciones y localización en tiempo real del imputado sin autorización judicial previa , además de nuevos elementos para la detención en flagrancia y la protección de los juzgadores.
Sobre este último punto, las comisiones de Justicia y de Estudios Legislativos que presiden los senadores de Morena, Javier Corral y Enrique Inzunza, formularon modificaciones a la iniciativa de la presidenta Claudia Sheinbaum en el diseño de un sistema que proteja a los jueces, sobre todo a quienes llevan casos de delincuencia.
La propuesta presidencial precisa que no se trata de crear la figura de jueces sin rostro, ya que se contrapone con la legislación mexicana y convenios internacionales sobre derechos humanos, toda vez que impide al acusado conocer la identidad de quien lo juzgará, evaluar su competencia, imparcialidad y la posibilidad de recusar.
El cambio realizado es para que se establezca que las medidas para preservar la identidad de los jueces, magistrados y ministros sean “de carácter cautelar”, y se establezca que el Órgano de Administración Judicial revise y ratifique las mismas según los riesgos que implique para el juzgador.
La otra modificación incluye a la mayoría de los 489 artículos del Código Nacional de Procedimientos Penales, y los cerca de 50 de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, para establecer un lenguaje “incluyente”. Así, en lugar de juzgadores se usa “personas juzgadoras”, acusados cambia a “personas acusadas” , y así en todos los términos. Se “clarifican” los supuestos de detención en flagrancias y se establece que “ se puede realizar de forma expresa cuando la persona es sorprendida, cometiendo el delito, pero también cuando es señalada por la víctima u ofendido o algún testigo y de igual forma cuando el acusado “tenga en su poder elementos que hagan presumir, fundadamente su participación en el hecho delictivo”.












