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Sheinbaum emite decreto que exenta de IEPS a los videojuegos violentos
 
Periódico La Jornada
Viernes 2 de enero de 2026, p. 6

El controvertido impuesto de 8 por ciento a los videojuegos violentos no se aplicó ayer, primero de enero, ya que la víspera la presidenta Claudia Sheinbaum publicó un decreto en el Diario Oficial de la Federación (DOF) en el que estableció un estímulo fiscal de 100 por ciento que evita el cobro de ese gravamen establecido en la Ley de Ingresos de 2026.

Desde días antes la Presidenta de la República declaró que se retiraba ese impuesto especial sobre productos y servicios (IEPS) debido a la complejidad para establecer el grado de violencia de los videojuegos, además de que el gravamen no representa una recaudación tributaria relevante.

La primera opción era que el Congreso modificara la Ley de Ingresos, pero dado que no había tiempo para ello, ya que ambas cámaras están en receso y la Ley de Ingresos entraría en vigor el primero de enero, la mandataria hizo uso de su facultad y emitió el decreto respectivo, el pasado 31 de diciembre en el DOF.

En el mismo se establece que quienes vendan o distribuyan videojuegos “con contenido violento o extremo o para adultos, no aptos para menores de 18 años”, así como los contribuyentes que proporcionen el acceso o descarga de los mencionados videojuegos vía servicio digital, incluyendo los que se proporcionen a través de plataformas digitales de intermediación, “que apliquen el citado estímulo fiscal, no pagarán cantidad alguna por concepto de dicho impuesto por esa actividad”.

A esos contribuyentes “también se estima conveniente relevarlos de las obligaciones fiscales que se establecen en los artículos 5o.-A BIS y 20-A de la Ley del IEPS únicamente respecto del impuesto especial sobre producción y servicios”.

Se precisa, sin embargo, que “dicho estímulo fiscal será acreditable contra el IEPS que deba pagarse por las citadas actividades y sólo será procedente en tanto no se traslade al adquirente del bien o servicio cantidad alguna por concepto del citado impuesto, a efecto de evitar que los beneficiarios del estímulo fiscal obtengan un beneficio indebido.

“Asimismo, la aplicación del estímulo no dará lugar a devolución o compensación alguna y el Servicio de Administración Tributaria queda facultado para emitir las reglas de carácter general necesarias para la debida y correcta aplicación del estímulo fiscal, así como de las demás disposiciones del presente decreto.”