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Valida Corte proteger datos del personal antilavado
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▲ El pleno revocó un amparo otorgado a una empresa de paquetería en 2021.Foto Cristina Rodríguez
 
Periódico La Jornada
Viernes 5 de diciembre de 2025, p. 14

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó ayer que se proteja la identidad y datos personales de funcionarios de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) que persiguen operaciones de lavado de dinero, al declarar constitucional el artículo 41 de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.

Con ocho votos contra uno, el pleno de la SCJN aprobó el proyecto del ministro Arístides Guerrero García y revocó la sentencia del 8 de diciembre de 2021, con la que un tribunal colegiado había amparado a DHL Express México al declarar inconstitucional el artículo impugnado de la “ley antilavado” por permitir reservar la identidad del funcionario que emitió el acto, en detrimento de los derechos de legalidad, seguridad jurídica y defensa.

“La reserva de identidad y datos personales es razonable para la protección de la integridad y seguridad de las personas servidoras públicas relacionadas con la aplicación de esa norma”, dijo.

La empresa de paquetería impugnó la ley después de recibir 49 multas de Hacienda por más de 35 millones de pesos por no presentar, entre 2015 y 2017, los avisos de actividades vulnerables derivados de sus concursos, sorteos y comercialización de vehículos.

El alegato, que parecían jueces sin rostro

Durante el juicio, DHL Express equiparó la protección de la identidad de los funcionarios con los “jueces sin rostro” y expuso que esa figura ya fue rechazada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH), lo que fue rebatido también por la SCJN.

El ministro Giovanni Figueroa Mejía defendió que proteger la identidad de dichos funcionarios hacendarios es un tema de seguridad nacional, “pues no debemos olvidar que quienes cometen este tipo de delitos no son delincuentes menores, sino por lo general quienes están dedicados al terrorismo, narcotráfico o el comúnmente llamado lavado de dinero”.

La única en contra fue la ministra Yasmín Esquivel Mossa, quien sostuvo que las multas no justifican ocultar la identidad de los funcionarios porque todo acto de autor)idad debe ser atribuible a una persona legalmente facultada. Señaló que “el objeto de la ley antilavado no debe ser justificación para pretender la protección de los servidores públicos… ya que ni en materias como la penal se reserva el nombre de las personas juzgadoras, de fiscales, de investigadores o policías”, y que la reserva sólo procede en casos excepcionales previstos en la Constitución.

La Corte devolvió el asunto al vigésimo tercer tribunal colegiado en materia administrativa del primer circuito para que emita una nueva sentencia, atendiendo los parámetros y criterios fijados por el alto tribunal.