Martes 8 de julio de 2025, p. 4
Un tribunal federal amparó al ex comandante Juan Sánchez Moreno, al determinar que no existen pruebas que acrediten su participación en el delito de tortura contra la periodista Lydia Cacho Ribeiro, por lo cual ordenó al tribunal de apelación que, en un plazo de 24 horas, dicte una nueva sentencia, lo que revocaría la condena previa de siete años y seis meses de prisión que le había sido impuesta.
Por unanimidad, el tercer tribunal colegiado en materia penal con residencia en Quintana Roo concedió el amparo liso y llano a Sánchez Moreno, ex comandante de la Unidad Especializada en Cumplimiento a Mandamientos Judiciales de la Policía Judicial de Puebla.
El tribunal concluyó que del análisis de las declaraciones y del dictamen sicológico practicado a la víctima, no se encontró evidencia de que el ahora sentenciado haya cometido el delito de tortura usando a otras personas para hacerlo.
No existe ninguna prueba que de manera fehaciente y contundente destruya el principio de presunción de inocencia y acredite sin lugar a dudas que el ahora quejoso instruyó a otros llevar a cabo la tortura en agravio de la periodista (...) máxime al considerar que los actos y omisiones que los peritos identifican como constitutivos de tortura, se realizaron directamente a través de diversos sujetos activos, y se reitera, no existe prueba que demuestre que el quejoso sirviéndose de los sujetos activos directos realizó el delito
, concluyó el tribunal.
Lydia Cacho denunció haber sido detenida y trasladada de Cancún a Puebla, en 2005, tras denunciar una red de pederastia.
Por el caso, en 2018, la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos Cometidos contra la Libertad de Expresión ejerció acción penal contra Juan Sánchez Moreno y seis personas más, incluidos Mario Plutarco Marín Torres y José Kamel Nacif Borge por su probable responsabilidad en el delito de tortura.
En mayo de 2019 se dictó auto de formal prisión contra Sánchez Moreno y en enero de 2020 un juez de distrito lo condenó a cinco años y tres meses de prisión, sentencia que fue apelada por el quejoso.