Opinión
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Los peligros del regreso de la ley de ciencia de Fox
E

l debate sobre las acciones de inconstitucionalidad que se analizan en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en contra de la Ley General en materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación (LGHCTI), promulgada por el ex presidente Andrés Manuel López Obrador, ha puesto en disputa el sentido de la ciencia en México: de un modelo opaco, excluyente y privatizador –que se amparó por la ley de ciencia de Vicente Fox– a uno democrático, soberano y comprometido con la justicia social, que instrumenta el derecho humano a la ciencia, como habilitador del resto de los derechos.

Desde 2018, el licenciado López Obrador encomendó al Conacyt elaborar y consensar la ley general en materia de HCTI. Mientras se impulsaba una consulta amplia, plural y exhaustiva con las comunidades del sector, también comenzó la transformación del Consejo, lo que permitió exhibir derroches, ineficiencias y mecanismos indolentes que, en tiempos del prianismo, utilizaron la ciencia como pretexto para favorecer intereses corporativos, mientras el país seguía sumido en problemas, desigualdades estructurales y dependencia.

La transformación radical del sector se armonizó con la primera ley general de HCTI. La importancia de esta norma se plasma en los resultados y alcances logrados a favor del bien común. Mientras la SCJN revisa su constitucionalidad y, especialmente, la conveniencia de que los estímulos económicos en instituciones privadas –sociedades mercantiles con fines de lucro– provengan de recursos del pueblo, sin comprometerse con el interés público, es pertinente puntualizar algunos de los grandes logros de las nuevas políticas de HCTI a partir de diciembre de 2018.

La ley general de HCTI ha permitido reconfigurar los mecanismos bajo la obligación del Estado mexicano de proporcionar recursos y estímulos suficientes, oportunos y adecuados conforme al principio constitucional de progresividad y no regresión. Por ello, a partir de 2022 ningún estudiante de posgrados públicos se quedó sin beca, contrario a lo que ocurrió en 2017, cuando más de 2 mil personas se quedaron sin apoyo en instituciones de educación pública.

En el caso del SNI (que ahora visibiliza a las mujeres científicas desde su nombre: Sistema Nacional de Investigadoras e Investigadores), la exclusión era similar. Este esquema no sólo era injusto, sino contrario al interés público, al premiar trayectorias desvinculadas de las necesidades nacionales y relegar a quienes trabajaban en contextos de mayor vulnerabilidad.

La reconfiguración del SNII, con base en estándares que dicta la ley general HCTI, ha logrado robustecerse sin exclusión territorial, disciplinar o de género como antes ocurría. Se logró aumentar 54 por ciento más de personas investigadoras apoyadas con este estímulo, respecto a 2018.

Los datos actuales son pruebas contundentes de la transformación que el SNII, amparado en la ley general HCTI, tuvo a partir de 2019. Se redujo la brecha de género casi 5 puntos porcentuales. La distribución por región ha sido más equitativa: zonas marginadas antes, como la centro sur, ascendió de 5 mil 579 a 9 mil 457 apoyos y el sursureste pasó de 2 mil 777 a 5 mil 663 apoyos. Todas las regiones han registrado aumentos en el número de estímulos y un incremento en estímulos en instituciones rezagadas.

Preocupan las afirmaciones sin sustento: los datos públicos desmienten que la ley vigente enfrente al sector público con el privado. En realidad, establece con claridad las atribuciones de cada uno. El Estado no tiene la obligación de subvencionar a empresas privadas con transferencias multimillonarias, que en sexenios prianistas sumaron más de 45 mil millones de pesos a fondo perdido, a la vez que el país se sumía en dependencia tecnológica. Tampoco es aceptable destinar recursos públicos para mejorar salarios en universidades privadas.

El Estado debe garantizar, en contraste, la investigación en HCTI y otorgar incentivos a quienes trabajan en instituciones de educación superior públicas a favor del bienestar del pueblo de México.

Se ha dicho que esta ley general HCTI es excluyente porque no destina recursos públicos a las instituciones privadas; sin embargo, esta ley de vanguardia en ningún momento impide el reconocimiento del SNII a sus investigadores, sino que establece instrumentos de colaboración para que el trabajo subvencionado con recursos del pueblo genere bienestar.

La transformación del sector científico que ahora se ampara en la ley general de HCTI vigente, también garantiza un manejo eficiente, transparente y pertinente de los recursos del pueblo. Se recuperaron más de 21 mil millones de pesos al erario, que estaban listos para dispendiarse en los 91 fideicomisos opacos que se lograron extinguir. Con un manejo eficiente de los recursos públicos, se lograron muchos más resultados, incidiendo a través de los Programas Nacionales Estratégicos en cientos de municipios y logrando desarrollos tecnólgicos de vanguardia soberanos para el bienestar, amparados en cerca de 90 patentes de Estado.

Si esta ley general, ejemplo en el mundo de cómo construir un andamiaje jurídico a favor del derecho humano a la ciencia, se desecha, se regresaría a la ley de ciencia de Fox, un marco legal que asume la educación y la ciencia como privilegios y mercancías, excluyendo el ejercicio del derecho humano a la ciencia como habilitador de otros derechos fundamentales para la dignidad humana y el cuidado ambiental.

 

*Investigadora de tiempo completo de la UNAM