Lunes 23 de marzo de 2026, p. 28
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) prevé discutir hoy un proyecto del ministro Arístides Guerrero García que plantea anular, por fallas procesales, la decisión con la que el Congreso de Sinaloa retiró el fuero y destituyó al alcalde de Ahome, Gerardo Octavio Vargas Landeros, por presunta corrupción en la renta de 126 patrullas por más de 171 millones de pesos, adjudicadas de forma directa en lugar de licitación pública, como exige la ley.
El proyecto sobre la controversia constitucional 206/2025 no entra al fondo de las acusaciones contra el alcalde, pero anticipa un debate complejo entre los ministros porque, de aprobarse, se ordenaría la restitución inmediata del funcionario y la devolución de la inmunidad procesal. La propuesta concluye que, aunque la ley local no exige notificar al ayuntamiento para proceder contra el alcalde, sí existe una obligación constitucional de escucharlo cuando se afecta su integración.
En este caso, el ayuntamiento de Ahome no fue notificado por el Congreso ni pudo defenderse, lo que vulneró su derecho a participar en una decisión que impactó directamente su conformación.
“La integración de los órganos de gobierno de los municipios (ayuntamientos) deriva del voto popular y está protegida por la Constitución. Aunque existen mecanismos para exigir responsabilidad a quienes desempeñan funciones públicas, incluyendo a quienes integran esos órganos de gobierno, lo cierto es que deben respetarse las garantías constitucionales a fin de no alterar ni modificar injustificadamente la voluntad popular”, señala.
Antecedentes
El caso se originó el 25 de abril de 2025, cuando la fiscalía de Sinaloa solicitó al Congreso local el desafuero del alcalde de Ahome (electo para el periodo período 2024-2027) por presuntos delitos de ejercicio indebido del servicio público. En un trámite exprés, el 28 de abril el Congreso turnó la solicitud a la Comisión Instructora, que ese mismo día avaló retirarle el fuero, separarlo del cargo y permitir su procesamiento penal.
Tras ser notificado y no comparecer, el 1º de mayo el pleno aprobó por unanimidad el dictamen. El 2 de mayo emitió el acuerdo 80, con el que declaró la procedencia penal, ordenó su destitución inmediata y designó a Antonio Menéndez de Llano Bermúdez como sustituto. Aunque el edil promovió amparos sin éxito, el 29 de agosto de 2025 el ayuntamiento de Ahome llevó el caso a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
El municipio de Ahome alegó que la destitución vulneró la integración del ayuntamiento, se realizó sin garantizarle audiencia y afectó su autonomía al imponer un sustituto; en contraste, el Congreso de Sinaloa respondió que la demanda era extemporánea e improcedente, defendió que la declaración de procedencia es soberana e inatacable y sostuvo que se trata de un asunto de legalidad ligado a un proceso penal individual, no de un conflicto constitucional.











