Miércoles 4 de febrero de 2026, p. 11
La falta de un registro nacional de personas migrantes detenidas en México fue llevada ante el Comité de Derechos Humanos de la Organización de Naciones Unidas (ONU), que supervisa la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, para que sea considerada en la revisión que hará del séptimo informe periódico del país en marzo próximo.
El Centro Internacional de Derechos Humanos de la Facultad de Derecho de la Universidad Loyola, en Los Ángeles, Estados Unidos, envió al comité un reporte en el que detalló que a pesar de que desde 2019 la Ley del Registro Nacional de Detenciones (RND) estableció la creación de una base de datos de este tipo para migrantes, y de que en diciembre de 2024 la Suprema Corte de Justicia de la Nación también ordenó al Congreso reformar la Ley de Migración para cumplir con ello, aún no se ha hecho.
Indicó que esto constituye una violación de los artículos 2, 7, 9, 10 y 12 del citado Pacto Internacional, en un contexto en el que el aumento de los retenes en el país ha contribuido al incremento de las detenciones de migrantes en estaciones del Instituto Nacional de Migración.
Destacó que incluir a estas personas en el RND o crear uno específico para ellas coadyuvaría a la prevención de violaciones de los derechos humanos de quienes están detenidas, actos de tortura, tratos crueles, inhumanos y degradantes o desapariciones forzadas.
Asimismo, el organismo de la Universidad de Loyola, que da seguimiento al trato a migrantes detenidos, denunció que México utiliza “la ambigüedad terminológica para eludir los procesos legales que protegen la libertad de una persona”, ya que recurre a términos como “asegurado” o “alojado” al colocar a extranjeros en estaciones migratorias, porque el ser detenido “requiere procesos legales como llevarlos ante un juez o autoridad competente”.
Recordó que el Comité de la ONU sobre los Trabajadores Migratorios señaló que el “uso continuo de términos como ‘asegurar’ o ‘presentación’ para describir medidas de custodia que privan a los migrantes de su libertad impide el ejercicio de las garantías del debido proceso”.
En el documento, advirtió igualmente que si bien los abogados deberían tener las posibilidades de ingresar a los centros de detención, su acceso es limitado dado que las estaciones migratorias del INM están clasificadas como “instalaciones separadas para albergar temporalmente a extranjeros”.
El centro también alertó que los migrantes detenidos sufren niveles más altos de trastorno de estrés postraumático, ansiedad y depresión en comparación con la población no detenida.











