Viernes 11 de julio de 2025, p. 9
Luego de que se dio a conocer que Didi no ha cumplido con la inscripción al seguro social de sus trabajadores, a través de una comunicación interna la plataforma reconoció frente a repartidores y conductores el retraso bajo el argumento de que busca darles certeza
ante la reforma laboral en la materia.
En el documento, les advirtió que los últimos cambios a la ley, que contemplan garantizarles seguridad social y otros derechos, potencialmente afectarán la estructura del modelo actual y los costos operativos
.
Respecto al esquema en que serán clasificados, la empresa explicó a sus empleados que serán prestadores de servicios independientes
si generan ingresos netos por debajo de lo establecido en la ley, es decir, al menos un salario mínimo mensual de la Ciudad de México, equivalente a 8 mil 364 pesos.
En tanto, considerará trabajadores de plataforma digital
a quienes superen este umbral. Es difícil dar certidumbre sobre el cálculo de este ingreso neto dado que las disposiciones secundarias que lo regulan podrán ser modificadas hasta el 1º de enero de 2026
, indicó.
El plan piloto entró en vigor el primero de julio y establece que los trabajadores de plataformas deben ser inscritos al IMSS con al menos un salario mínimo general diario.
La Unión Nacional de Trabajadores por Aplicación señaló que hasta ayer la empresa no había habilitado en la plataforma la opción para que los repartidores y conductores registren su número de seguridad social, pero confió en que en breve haga las adecuaciones.
Didi también explicó algunos de los cambios que implica la reforma laboral: podrán gozar del reparto de utilidades, siempre y cuando superen 288 horas anuales de trabajo, y el pago que recibe el trabajador por cada viaje ya incluirá la parte proporcional correspondiente a prestaciones laborales, tales como día de descanso semanal, prima vacacional, aguinaldo y horas extras.
Asimismo, aseguró que el precio de viaje no cambiará y que el conductor o repartidor estará afiliado al seguro social, para lo cual se retendrá la cuota obrera mensual.
Puntualizó que se mantiene la flexibilidad de conexión, así como bonos, incentivos y promociones; las propinas serán íntegramente suyas y se mantiene el régimen fiscal de 2.1 por ciento por concepto de ISR y 8 por ciento de IVA, además de que quienes tengan una pensión de seguridad social seguirán gozando de dicha prestación, con independencia de su aseguramiento
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