incuenta y uno por ciento del territorio mexicano es propiedad social, repartida en 32 mil ejidos y comunidades. El Archivo General Agrario (AGA) es el custodio de la documentación que la ampara (https://acortar.link/17WWW0), pero, ¿cómo están ordenados los más de 3 millones de legajos que ahí se custodian?
En el AGA, el primer principio del orden archivístico es el ejido. Del grupo documental Ejidal
se desprenden los documentos de las acciones agrarias que posteriormente integraron otros grupos documentales, como Nuevos centros de población ejidal; Parcelamientos ejidales; Divisiones de ejidos; Expropiaciones; Permutas; Solares de zona urbana; Fusión de ejidos; Dotación y accesión de aguas; Dotación de tierras. Toda esta documentación responde a la manera en que el gobierno aplicó la reforma agraria después de la Revolución, aunque ya contaremos en otro artículo sus ritmos y peculiaridades.
La restitución de tierras a las comunidades agrarias y el reconocimiento de la propiedad comunal da origen a otro grupo documental denominado Reconocimiento y Titulación de Bienes Comunales
. Existieron sólo dos formas de que un pueblo fuera reconocido como comunidad: demostrando con títulos virreinales la propiedad comunal o probando que se conservaran intactos los bienes de la comunidad a pesar de la legislación decimonónica y porfirista. La reciente reforma al artículo 4 constitucional abre nuevas formas de reconocimiento, que la Presidenta está aplicando mediante los planes de justicia a los pueblos originarios.
Cada expediente del AGA se abría, se iniciaba cuando un núcleo de población o un conjunto de ciudadanos solicitaba la restitución de las tierras usurpadas por los hacendados, científicos o caciques
, aportando la documentación probatoria (que se custodia en el AGA), o solicitando tierra para vivir dignamente. En el primer caso, los solicitantes exhibían la documentación probatoria, como dijimos arriba; en el segundo caso, explicaban las razones por las que necesitaban la tierra. En estos valiosísimos documentos se puede leer la historia de la lucha y la resistencia de los pueblos de México, muchas veces de puño y letra de los campesinos e indígenas (https://acortar.link/CW8qAm).
De los grupos documentales Ejidal
y Reconocimiento y Titulación de Bienes Comunales
se desprendió un Fondo Reservado integrado por los documentos históricos que entregaron a las autoridades agrarias los pueblos y comunidades, aunque en 1982 se transfirieron 182 expedientes con títulos primordiales de los siglos XVI y XVII al Archivo General de la Nación, donde conforman el ramo Tierras
.
La legislación agraria también ofrecía garantías a la pequeña propiedad, sobre todo a partir de reformas instrumentadas por Manuel Ávila Camacho y Miguel Alemán que disimularon el neolatifundismo, causal en buena medida de las guerrillas rurales de los 1960 y 1970. Al amparo de estas leyes, a numerosos propietarios se les entregaron certificados por los cuales no podían ser afectados para la creación de ejidos. Ese es el origen del grupo documental denominado Inafectabilidades
, del que se desprenden distintas acciones agrarias.
La privación de derechos agrarios, los amparos, las listas de sucesión, los padrones agrarios, todo está resguardado en el AGA, todo lo solicitan los ejidatarios y comuneros de manera cotidiana para hacer valer sus derechos o encaminar sus pleitos. Hay que mencionar también la Expropiación de Tierras Ejidales y Comunales
que permite al Estado expropiar tierras para obras de bien común: en ese sentido, en estos años el AGA atendió las peticiones del Estado que hicieron posible la construcción de obras como el Tren Maya, el AIFA y el ferrocarril del Istmo.
La contrarreforma salinista de 1992 decretó el fin del reparto agrario y se suprimieron los comités y comisiones dependientes del Poder Ejecutivo, resignando en los Tribunales Agrarios la solución del rezago y solicitudes hechas antes de la entrada en vigor de la nueva legislación. Esto generó nuevas acciones agrarias y procedimientos. Ahora bien: ya que los poderosos nunca escucharon la voz de los ejidatarios para hacer estas reformas, hay que decir que en los 32 años de vigencia de estas leyes, la propiedad social sólo se redujo de 52 a 51 por ciento del territorio nacional mediante la acción agraria denominada Dominio Pleno
. Así de claro.
¿Cuál es la importancia de resguardar tanto papel? Los documentos que protege el AGA son solicitados por ejidos y comunidades, dependencias y tribunales agrarios para el desahogo de pruebas o para probar derechos. Es un archivo vivo. También es consultado por estudiosos de la historia de los pueblos y comunidades, de los comuneros y campesinos. La documentación que resguarda el AGA permite una lectura detallada de las relaciones sociales, políticas, económicas y culturales que se desarrollaron, por un lado, entre las instituciones agrarias y los campesinos, por el otro, entre los campesinos al momento de intentar obtener tierras ejidales. Procesos que permiten a los investigadores, estudiantes y personas en general reconstruir y conocer la historia agraria de sus pueblos y comunidades desde el periodo colonial (y a veces antes), pasando por el libertarismo del siglo XIX y el ejido del siglo XX.
Parte de esa documentación son 350 mil planos, auténticas obras de arte en tinta china a mano. Detrás de cada uno de ellos hay una historia de lucha, resistencia y amor a la tierra. Vean, por ejemplo, el plano de dotación de ejidos al pueblo de Anenecuilco, de 1923. Si quieren, les cuento sus detalles otro día, pero es la raíz y razón de Zapata
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