Carece de jurisdicción, indicó
Miércoles 8 de abril de 2026, p. 13
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) cerró la puerta a que Joaquín El Chapo Guzmán Loera, ex líder del cártel de Sinaloa, use la vía del amparo para impugnar presuntas violaciones a sus derechos humanos atribuidas a autoridades de Estados Unidos, entre ellos el juez Brian M. Cogan y la Corte Suprema de Justicia de Massachusetts en Nueva York.
En listas electrónicas, el máximo tribunal del país desechó por improcedente un recurso de revisión promovido por el abogado Christian Camacho Ruiz –quien no está reconocido públicamente como parte de la defensa legal del capo– contra la negativa de tribunales inferiores de conceder un amparo, al determinar que dicho medio sólo procede contra actos de autoridades mexicanas, no extranjeras.
Con ello, la Corte no analizó el fondo y dejó firme la sentencia del primer tribunal colegiado del decimoquinto circuito que confirmó el desechamiento, en noviembre de 2025, del amparo promovido por el mismo abogado, en el que se alegaba la privación ilegal de la libertad e incomunicación en el extranjero de Guzmán Loera.
En la notificación del pasado lunes, el alto tribunal informó que desechó por improcedente un recurso de revisión al señalar que impugnaba una resolución de un tribunal colegiado en queja –fuera de los supuestos del artículo 81 de la Ley de Amparo– y que, al ser una decisión definitiva de última instancia, no admite ningún medio de defensa.
Guzmán Loera fue extraditado de México a Estados Unidos el 19 de enero de 2017, y el 17 de julio del 2019 fue condenado por el juez Brian M. Cogan a cadena perpetua más 30 años adicionales de prisión y la confiscación de 12 mil 666 millones 191 mil 704 dólares por delitos relacionados con el tráfico de drogas.
De acuerdo con expedientes, la defensa alegó que el desechamiento del amparo agravia a Joaquín El Chapo Guzmán Loera, quien cumple cadena perpetua que considera inusitada y contraria al artículo 22 constitucional, y sostuvo que en extradiciones el Estado solicitante debe excluir esa pena; además, afirmó que México debe proteger a sus ciudadanos, investigar posibles torturas y garantizar un amparo efectivo incluso en el extranjero.
Apuntó como responsables de la violación de los derechos de Guzmán Loera al juez Brian M. Cogan, la Corte Suprema de Justicia de Massachusetts en Nueva York y la prisión federal de máxima seguridad ADX Florence en Colorado, Estados Unidos, en la que se encuentra recluido.
Sin embargo, el juez de distrito y el tribunal colegiado concluyeron que el amparo es improcedente porque sólo aplica contra autoridades mexicanas, de modo que no pueden dirigirse contra las extranjeras. Además, indicaron que los tribunales nacionales carecen de jurisdicción para actuar en el extranjero o exigir el cumplimiento de sus resoluciones, lo que también implicaría vulnerar los principios de soberanía y no intervención.
Finalmente, precisaron que el principio pro persona, que obliga a las autoridades judiciales a elegir la interpretación más amplia en favor de los derechos humanos, no permite soslayar los requisitos legales de procedencia del juicio.











