Construirá vivienda de interés social
Una fiduciaria y la presunta propietaria aún se disputan el terreno ubicado en la colonia Roma
Miércoles 25 de marzo de 2026, p. 32
El Gobierno de la Ciudad de México expropió el predio ubicado en la calle Mérida número 60, colonia Roma Norte, alcaldía Cuauhtémoc, para construir vivienda de interés social, luego de que en abril del año pasado ocurrió un derrumbe parcial del inmueble construido allí.
Dicho acto jurídico se consumó pese a que continúa en curso un juicio por la propiedad del terreno que se disputan la fiduciaria IASK24 y Penélope Fernández Izaguirre, reconocida por una jueza de lo familiar como propietaria por sucesión.
Fernández Izaguirre afirmó en entrevista que no fue notificada sobre el procedimiento y que el último contacto que tuvo con las autoridades fue cuando el edificio –que habitaban 11 familias– quedó bajo la custodia del Instituto de Vivienda (Invi), que determinó su demolición por razones de seguridad.
Sin embargo, en el decreto se establece que el 9 y el 16 de diciembre pasados se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México una declaratoria de utilidad pública del predio y que la segunda publicación “surtió efectos de notificación personal” a quienes presumieran tener derecho sobre el inmueble.
Venció el plazo
En el plazo de 15 días hábiles después de la segunda publicación, agrega el documento, no se presentó recurso alguno que desvirtuara la causa de utilidad pública, por lo que se procedió a la expropiación.
“Yo estuve acudiendo al Invi, pero éste siempre estuvo con la misma postura de que siguiera el juicio y que ellos iban a seguir en sus trámites, y que supuestamente le iban a expropiar a quien ganara el juicio”, señaló Penélope Fernández.
El decreto estipula que el Gobierno de la Ciudad de México, por conducto del Invi, pagará “la indemnización constitucional a la persona propietaria que resulte afectada por esta expropiación, previa acreditación ante la Consejería Jurídica y de Servicios Legales, y que el monto será determinado con base en el avalúo emitido por la Secretaría de Administración y Finanzas”.
Asimismo, establece que se deberá notificar “personalmente a la persona titular registral del bien y derechos afectados”, lo que para Fernández Izaguirre significa que se indemnizará a la fiduciaria que aparece como propietaria del predio en el Registro Público de la Propiedad y el Comercio, por lo que analiza las acciones a seguir, pues, insistió, el predio continúa en litigio.












