Lunes 23 de marzo de 2026, p. 7
Dado que la situación de cada contribuyente es única y personalísima, se le debe permitir que ofrezca el medio de garantía que mejor se ajuste a su situación, para responder por sus créditos fiscales.
Lo anterior se establece en el dictamen de la reforma al artículo 141 del Código Fiscal de la Federación, que se analizará esta semana en comisiones de la Cámara de Diputados.
La iniciativa de la presidenta Claudia Sheinbaum propone flexibilizar el mecanismo de garantías que las personas con créditos fiscales deben cumplir, a fin de asegurar el derecho de la autoridad tributaria al cobro de los impuestos.
En la actualidad, el artículo 141 prevé que, cuando exista un crédito de ese tipo, en tanto se desarrolla un eventual litigio, los contribuyentes deben garantizar el interés fiscal conforme a un orden obligatorio: billete de depósito, carta de crédito, prenda, hipoteca, fianza, obligación solidaria de un tercero y el embargo en la vía administrativa de bienes muebles e inmuebles.
La propuesta del Ejecutivo plantea suprimir ese orden y que las personas decidan cuál garantía presentar ante el Servicio de Administración Tributaria.
El dictamen califica de plausible la reforma y, por lo tanto, amerita el respaldo de los legisladores. Además, señala que tiene cimiento constitucional, pues deriva de la obligación de los mexicanos establecida en la Carta Magna que consiste en contribuir de manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes, para la obtención de los recursos que sostienen el gasto público de la Federación, las entidades federativas y los municipios o demarcaciones territoriales.











