hora que ha entrado en pleno la revisión del T-MEC, es necesario preguntarnos: ¿qué es este tratado y qué implica para México en términos de soberanía?, ¿por qué debería de preocupar tanto el tema de los aranceles, cuando en realidad el T-MEC, como era TLCAN, es mucho más que un tratado de intercambio meramente comercial? Veamos la historia para entender por qué los TLC modernos son denominados “OMC Plus”, es decir, que van más allá de las reglas comerciales de la Organización Mundial del Comercio, las cuales, en realidad, podrían ser suficientes para regular el comercio de mercancías y servicios entre México, Canadá y Estados Unidos.
Hay que remontarnos a la reunión ministerial de la OMC en Singapur, hace 30 años, en diciembre de 1996. En esa reunión, los países ricos pretendieron introducir en la OMC nuevos temas que fueran más allá del comercio; concretamente, 1) protección y promoción de inversiones, 2) políticas de competencia (delimitar el rol del Estado en la economía), 3) compras de gobierno o contratación pública y 4) facilitación del comercio (por parte del Estado al sector privado).
Estos temas, ahora conocidos como los “asuntos Singapur” fueron fuertemente rechazados por países en desarrollo, como Brasil, India, Sudáfrica y coaliciones como el G77, que entendieron que estas cuestiones no eran asuntos meramente comerciales, sino políticas de regulación del Estado en favor de la expansión del capitalismo corporativo global, y que limitarían el espacio de los estados para ejercer políticas ( policy space) para el fomento económico a niveles nacionales y locales.
Organizaciones sociales y civiles (OSC) de todo el mundo también reaccionaron. Los “asuntos Singapur” se convirtieron en una de las causas del surgimiento de un movimiento altermundista, bobaliconamente apodado “globalifóbico” por el entonces presidente Ernesto Zedillo Ponce de León.
La confrontación perduró años, pasando por las protestas de Seattle en 1999 y hasta llegar a la cumbre ministerial de la OMC en Cancún, en 2023. El tema más álgido fue siempre la agricultura, a la que muchos países del sur se negaban a ceder más terreno a las exportaciones de las potencias. Fue cuando el campesino y activista sudcoreano Lee Kyung Hae se quitó la vida, aquel 10 de septiembre, en señal de protesta contra las políticas de liberalización comercial de la OMC, que incluían importaciones de alimentos a bajo precio ( dumping) y estaban destruyendo los medios de vida de comunidades rurales. El mejor ejemplo: los impactos del TLCAN en México. Países del Sur global agrupados en el G77 y la acción de las OSC lograron descarrilar las negociaciones de la OMC en Cancún.
Debido a esta amplia oposición, tres de los cuatro “asuntos Singapur” (inversión, política de competencia y contratación pública) quedaron descartados en la OMC. Sólo se aceptó lo que más tarde se convirtió en el Acuerdo sobre Facilitación del Comercio de la OMC (2017), el cual se centra en reducir retrasos y trámites en las fronteras.
Tras la resistencia encontrada en Cancún (y previamente en Seattle en 1999), los países ricos (en particular los de la Unión Europea y Estados Unidos) trasladaron estos asuntos a los acuerdos de libre comercio y tratados bilaterales de inversiones. Por eso se les llama “OMC Plus”. En la práctica, significa que decenas de países han ido aceptando las normas a las que se habían resistido en el ámbito multilateral, pero bajo una presión negociadora asimétrica.
Para México, sin embargo, estos “temas Singapur” y la “liberalización” de la agricultura no eran novedad, pues ya estaban incluidos desde el 1 de enero de 1994 en el entreguista TLCAN, y perduran, sucesivamente, en el actual T-MEC. En materia de inversión (capítulo 11 del TLCAN y capítulo 14 del T-MEC), ha significado que México sea el tercer país más demandado del mundo en el CIADI del Banco Mundial por empresas extranjeras, y que sea limitado (atado de manos) en la regulación en ámbitos como el medio ambiente, la salud pública o el fomento económico.
En cuanto a reglas de competencia (capítulo 21 del T-MEC), esto se ha traducido en normas sobre empresas estatales y amenazas de Estados Unidos a México por su comercio con China. Y en cuanto a contratación pública (capítulo 13 del T-MEC) implica la no discriminación (tratar a las empresas extranjeras como a las nacionales) y límites a políticas de “compra nacional”, cuya implicación es una mayor dificultad para utilizar el gasto público en el desarrollo de industrias nacionales o locales y para beneficiar a micro, pequeñas y medianas empresas (mpyme).
Ahora se habla de temas Singapur 2.0, o temas nuevos como el comercio digital (capítulo 19 del T-MEC), o acuerdos para la facilitación de extracción y exportación de minerales críticos (ver https://www.gob.mx/se/acciones-y-programas/plan-de-accion-estados-unidos-mexico-sobre-minerales-criticos-418716).
Toda esta voracidad empresarial se replica en el Tratado Transpacífico (CPTPP) y en el “modernizado” TLCUEM, próximo a ser firmado. El “comercio” así entendido no sólo es injusto, sino que se impone antidemocráticamente mediante consultas al vapor en las que se excluye a amplios sectores de la población, como pueblos indígenas, comunidades rurales, organizaciones sindicales independientes y medioambientales, entre tantas otras.
Por eso el llamado de la Asamblea de Incidencia del T-MEC de 2025 sigue vigente y en pie. Se requiere, entre otros puntos, un diálogo urgente, “enfatizando la necesidad de escuchar a la sociedad civil más allá del sector corporativo” (https://tinyurl.com/eubt36ky).
Las pataletas de Trump con los aranceles deben preocupar más a las corporaciones estadunidenses que exportan desde México a Estados Unidos; al pueblo mexicano, el entramado de cláusulas en el T-MEC, TLCUEM y CPTPP, que delimitan y disminuyen el papel del Estado en el bienestar público, en la defensa del medio ambiente y en la promoción de los derechos humanos.
*Institute for Policy Studies (www.ips-dc.org)











