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La Candelaria mantuvo el litigio cinco años

SCJN concede amparo a comunidad indígena para autogobernarse

Pleno abre la puerta para el reconocimiento de esta figura a nivel nacional // En Chiapas, primera sesión itinerante

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▲ La sesión se realizó en la plaza principal del municipio tsotsil de Tenejapa.Foto Cuartoscuro
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Periódico La Jornada
Viernes 27 de febrero de 2026, p. 15

Tenejapa, Chis., La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) abrió ayer la puerta para que, a nivel nacional, se reconozcan los autogobiernos indígenas y se les asignen recursos públicos para su administración directa. Sin embargo, dejó claro que eso no implica la creación de un “cuarto nivel de gobierno”, como exigen comunidades de pueblos originarios.

Desde la plaza principal del municipio tsotsil de Tenejapa, Chiapas, y ante unas 2 mil personas reunidas para presenciar la primera sesión itinerante de la Corte, el pleno aprobó por unanimidad de ocho votos el proyecto de la ministra Loretta Ortiz Ahlf, que concedió el amparo a la comunidad La Candelaria por la falta de reconocimiento de su gobierno comunitario y la omisión del Congreso estatal de legislar sobre autogobierno indígena.

Se determinó que el Congreso de Chiapas incurrió en omisión legislativa al no establecer mecanismos para reconocer gobiernos comunitarios ni garantizar su acceso directo a recursos.

Por ello, ordenó a las autoridades estatales y municipales garantizar a La Candelaria, en 90 días naturales, el ejercicio del autogobierno y la entrega proporcional de recursos.

También instruyó al Congreso de Chiapas legislar al respecto en un plazo de 180 días posteriores a la entrada en vigor de la ley general en materia de pueblos indígenas y afromexicanos, aunque no hay fecha para ello porque la norma todavía está en proceso en el Congreso federal.

La ponente explicó que el fallo sobre el amparo en revisión 344/2025 se apoya directamente en la reforma de 2024 al artículo segundo constitucional.

“La Constitución establece su derecho a la libre determinación, a su autonomía, así como al derecho a decidir sus formas internas de convivencia y organización, a aplicar sus propios sistemas normativos, a elegir conforme a sus normas, procedimientos y prácticas tradicionales, a sus autoridades o representantes y a preservar y enriquecer sus lenguas, conocimientos y todos los elementos que constituyen su identidad”, explicó.

El ministro presidente, Hugo Aguilar Ortiz, destacó que la sentencia busca hacer efectiva la reforma de 2024 en el caso de La Candelaria, tras más de cinco años de litigio, para que el reconocimiento pase del texto constitucional a su cumplimiento real.

“Ahora, reconocer a alguien no es nada más darle un papel y decir ‘te reconozco’, sino que tiene implicaciones (jurídicas). Reconocer a la comunidad significa reconocer su asamblea, su autoridad y sus normas”, expuso.

La ministra Yasmín Esquivel Mossa destacó que “con esta sentencia enviamos un mensaje claro de que el multiculturalismo y reconocimiento de nuestros pueblos ancestrales es pilar fundamental en nuestra democracia constitucional”.

En el amparo promovido por la comunidad La Candelaria –acompañado por la Universidad Iberoamericana Puebla– se solicitó a la SCJN que el autogobierno indígena fuera reconocido como un “cuarto orden de gobierno”, al considerar que no equiparar podría limitar el alcance del pluralismo jurídico.

El proyecto aprobado, sin embargo, estableció que el reconocimiento del autogobierno no crea un nuevo nivel de gobierno ni altera el diseño federal o municipal, sino que es una forma de libre determinación que coexiste con las estructuras ordinarias.