Jueves 12 de febrero de 2026, p. 12
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó ayer que no procede reponer un juicio para interrogar a menores víctimas de abuso sexual cuando la defensa pre-viamente renunció a hacerlo, pues ello implicaría revictimizarlos, cons-tituye una medida injustificada y vul-nera el interés superior de la niñez.
Por unanimidad, el pleno revocó la sentencia de un tribunal colegiado que ordenaba reponer el juicio de un sujeto condenado a 22 años y 6 meses de prisión por violar a sus dos hijos. La defensa alegó violación a su derecho, pero se acreditó que había renunciado expresamente a esa prueba durante el proceso.
Al analizar el caso, el tribunal determinó que si las declaraciones de los menores víctimas no se recabaron debido a que el propio acusado y su defensa renunciaron a esa prueba, carece de justificación ordenar que se les vuelva a interrogar.
La SCJN indicó que el fallo “refuer-za la protección integral de la niñez en los procesos penales, al equilibrarel derecho de defensa con el interés superior de niñas, niños y adolescentes a no sufrir daños adicionales durante el procedimiento judicial”.












