Política
Ver día anteriorJueves 5 de febrero de 2026Ediciones anteriores
Servicio Sindicado RSS
Dixio
Dan a jueces la facultad para ordenar actas de nacimiento en procesos de adopción
 
Periódico La Jornada
Jueves 5 de febrero de 2026, p. 10

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció ayer un criterio obligatorio que permite a los jueces del país ordenar, en juicios de amparo relacionados con adopción, la expedición de un acta de nacimiento provisional por parte del Registro Civil como medida cautelar, con el fin de salvaguardar los derechos de los menores de edad, entre ellos la identidad, la salud y la educación, así como prevenir su exposición a delitos como la trata de personas y el trabajo infantil.

Al resolver una contradicción de criterios entre tribunales colegiados, el pleno aprobó, por siete votos contra dos, el proyecto del ministro Arístides Guerrero García, quien sostuvo que la medida no prejuzga sobre el fondo del juicio –los cuales pueden tardar hasta tres años–, sino que garantiza de manera inmediata los derechos de los menores, sin importar formalismos procesales.

La jurisprudencia permite al juez ordenar la expedición del documento aun cuando el Registro Civil no haya sido señalado como autoridad responsable, siempre que resulte necesario para proteger el derecho a la identidad y el interés superior de la niñez.

La contradicción de criterios se originó porque un tribunal de Tlaxcala consideró procedente expedir el acta provisional para proteger el interés superior de la niñez y garantizar derechos a la identidad, la salud y la educación, mientras un tribunal de la Ciudad de México sostuvo que no era posible al no haberse señalado al Registro Civil como autoridad responsable y porque ello implicaría anticipar la resolución del juicio.

La ministra Yasmín Esquivel Mossa respaldó el proyecto al señalar que el acta de nacimiento es fundamental para asegurar los derechos del menor, formalizar su existencia legal, preservar su vínculo familiar en la adopción y protegerlo frente a delitos como trata de personas y trabajo infantil.

En tanto, la ministra Sara Irene Herrerías Guerra señaló que el documento provisional es importante porque “en el acogimiento preadoptivo, el niño o la niña puede estar incluso tres años, y no los puedes inscribir ni a la escuela”, lo que produce discriminación y restricción de derechos.

En contra del proyecto votaron Lenia Batres Guadarrama e Irving Espinosa Betanzo.