Descarta cualquier otro tipo de falla
Tomó la curva 15 kilómetros por encima de lo permitido // En algunos tramos el ferrocarril circuló a 111 kilómetros, cuando no debía superar los 70
Miércoles 28 de enero de 2026, p. 7
La locomotora del Tren Interoceánico que se descarriló el pasado 28 de diciembre circulaba a 65 kilómetros por hora, 15 kilómetros por encima de la velocidad permitida en una zona de curvas, afirmó Ernestina Godoy Ramos, titular de la Fiscalía General de la República (FGR), al dar a conocer los avances del peritaje relacionado con el siniestro en el que fallecieron 14 pasajeros y 98 más resultaron heridos.
Los registros de la “caja negra”, así como los testimonios de pasajeros y los peritajes realizados a los distintos mecanismos de operación –incluidos los sistemas de frenado– muestran que el tren se encontraba en condiciones operativas. No se han encontrado datos que indiquen que el percance haya sido causado por fallas en los balastos o terraplenes.
Godoy Ramos indicó que el Ministerio Público Federal ejercerá acción penal por los delitos de homicidio culposo y lesiones culposas, y que se trabaja para establecer responsabilidades.
De acuerdo con los peritajes, el tren circuló la mayor parte de su recorrido a exceso de velocidad, al grado de que en zonas rectas alcanzó hasta 111 kilómetros por hora, cuando la velocidad permitida era de 70 kilómetros.
Con base en “las inspecciones y los hallazgos con que se cuenta hasta el momento”, enfatizó la fiscal, “de la verificación inicial de la infraestructura de vía realizada con posterioridad al siniestro no se encontraron daños en los componentes de la superestructura y subestructura ferroviaria, es decir, rieles, fijaciones, durmientes, balasto, subalasto y terraplenes, distintos a aquellos directamente atribuibles al siniestro”.
De igual forma, puntualizó que el tren de pasajeros, integrado por dos máquinas y un conjunto de cuatro coches con un peso aproximado de 400 toneladas, fue verificado tras el accidente. La revisión incluyó inspecciones de ruedas, cejas, superficies de rodadura –es decir, pisadas–, zapatas y los elementos de acople, que constituyen el mecanismo de conexión automática de seguridad.
“Derivado de ello, no se encontraron elementos con fallas que pudieran poner en riesgo la operación del tren, conforme a la normatividad correspondiente. Eso significa que el funcionamiento del tren era adecuado, lo que abarca sus componentes, la operación de la máquina y su estado físico”, señaló Godoy Ramos.
La fiscal explicó que los peritajes abarcaron cinco kilómetros antes de la zona del percance, ocurrido en el kilómetro 230 de la ruta Salina Cruz-Coatzacoalcos, a la altura del poblado de Nizanda, Oaxaca, lo que afectó la operación del llamado Corredor Interoceánico.
Señaló que, de acuerdo con el documento denominado Horario ferroviario vigente, que contiene el conjunto de datos con información técnica, incluidas las restricciones y condiciones operativas particulares de la vía, el tren fue operado con exceso de velocidad.
“El funcionamiento del tren era adecuado, lo que abarca sus componentes, la operación de la máquina y su estado físico”, reiteró la fiscal; sin embargo, el convoy ingresó a las seis curvas previas al sitio del siniestro a una velocidad de 52 kilómetros por hora durante la primera curva, luego incrementó su velocidad hasta alcanzar los 65 kilómetros por hora, ritmo que mantuvo hasta el punto del descarrilamiento.












