Extienden su mercancía a accesos y pasillos, lo que impide el libre tránsito
Miércoles 21 de enero de 2026, p. 29
Comerciantes que ofrecen sus productos en cilindros dentro de las instalaciones del Metro, extienden su mercancía e invaden parte de los pasillos y accesos, lo que, de acuerdo con pasajeros, representa un riesgo en caso de alguna emergencia.
En un recorrido se observó que en estaciones como Taxqueña, de la línea 2, en la salida hacia los autobuses de la Central de Autobuses del Sur, se estacionan diablos con mercancía en los pasillos que utilizan de zona de carga y descarga, mientras cajas de cartón y bolsas se colocan a un costado de los locales.
La mercancía –frituras, cacahuates, aguas simples y jugos, entre otra– se exhibe más allá de su espacio asignado en cajas de plástico volteadas, pequeños bancos o incluso en el piso, donde los pasajeros se detienen por minutos para comparar algún producto. A esta situación se suma que algunas zonas permanecen tapiadas por los trabajos de mantenimiento, lo que genera mayores aglomeraciones.
Al respecto, la Asociación de Locatarios del Sistema de Transporte Colectivo Metro señaló que los comercios no pueden extenderse más allá de los espacios asignados, por lo que hicieron un llamado a las autoridades del organismo para que obliguen a los vendedores a cumplir con las mismas normas que ellos.
Usuarios entrevistados consideraron que, aunque reconocen que se trata de una forma de ganarse la vida, sería conveniente implementar un esquema en el que los vendedores que ocupan esos lugares trabajen de manera escalonada, tanto durante la semana como por horarios, con el fin de evitar la saturación y el bloqueo del paso peatonal e incidentes.
El reglamento para la instalación, funcionamiento y seguridad de los locales y/o espacios comerciales asignados y/o propiedad del Sistema de Transporte Colectivo establece que está prohibido “exhibir, vender o colocar mercancía, mobiliario o equipo fuera de los límites del local y/o espacio comercial permisionado, así como mantener exceso de mercancía”.
Asimismo, señala que al permisionario que incumpla con lo dispuesto se le aplicará una suspensión de actividades de 10 días hábiles, durante los cuales deberá corregir de inmediato la irregularidad detectada.
Además, se impide utilizar aparatos de sonido, altavoces, gritos y/o cualquier otra forma similar de llamar la atención para promover o realizar la venta de sus productos y servicios dentro y fuera de las estaciones que conforman la red, lo cual se constató que en muchos casos no se cumple, ya que son frecuentes los gritos de los comerciantes que ofrecen sus artículos.












