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Responderá a recurso presentado por la CNDH

Corte alista debate sobre la licitud de que la SEP asigne las plazas de los profesores

El proyecto propone validar esa facultad a la secretaría

 
Periódico La Jornada
Miércoles 24 de diciembre de 2025, p. 5

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) discutirá el próximo 6 de enero un proyecto del ministro Irving Espinosa Betanzo que propone validar las facultades de la Secretaría de Educación Pública (SEP) para definir los procesos de admisión y asignación de plazas docentes en educación básica y media superior, los cuales priorizan a egresados de escuelas normales públicas.

De aprobarse la propuesta, se avalaría la constitucionalidad de los artículos 35, 39, fracción VII, 40, 44 y 64 de la Ley General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros, modificados por la reforma del 15 de mayo de 2019, impulsada por el entonces presidente Andrés Manuel López Obrador.

El asunto llegó a la Corte mediante la acción de inconstitucionalidad 122/2019, promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), en la que se argumentó que la norma vulnera los principios de igualdad, legalidad y seguridad jurídica.

Denuncian trato preferencial

La CNDH advirtió una omisión legislativa parcial en la promoción horizontal de plazas, al delegarse de manera excesiva a la SEP la definición de reglas e incentivos sin criterios legales claros, lo que –sostuvo– vulnera la seguridad jurídica del personal docente.

Por otro lado, denunció un trato preferencial injustificado a egresados de normales públicas, de la Universidad Pedagógica Nacional (UPN) y de los Centros de Atención Múltiple (CAM) para el ingreso al servicio docente, al considerar que rompe la igualdad en los concursos, carece de proporcionalidad y puede afectar el interés superior de la niñez al no privilegiar exclusivamente el mérito y la capacidad.

No obstante, el proyecto del ministro Espinosa considera infundados los argumentos de la CNDH, al concluir que es constitucional que la ley establezca procesos de selección que, si bien deben ser públicos y equitativos, incorporen mecanismos de priorización para determinados sectores cuando persiguen fines legítimos, como la excelencia y la equidad educativa.

Asimismo, el proyecto valida la norma al sostener que el legislador ejerció de manera adecuada su facultad para diseñar el sistema de carrera docente, dentro de parámetros de razonabilidad y en cumplimiento del mandato constitucional de revalorizar al magisterio y fortalecer la educación pública.