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Consejo dejará de existir el 1º de septiembre

CJF publica acuerdo para dar certeza a la transición al nuevo Poder Judicial

Funciones pasarán al Tribunal de Disciplina y al Órgano de Administración

 
Periódico La Jornada
Sábado 23 de agosto de 2025, p. 8

El Pleno del Consejo de la Judicatura Federal (CJF) dio a conocer un acuerdo con el cual se compromete a “garantizar la continuidad en el cumplimiento de las obligaciones contraídas por el Consejo de la Judicatura Federal, derivado del decreto de reforma constitucional en materia de reforma del Poder Judicial”.

En el acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación se señala que el actual CJF “debe garantizar la continuidad de los instrumentos jurídicos de adquisición de bienes, prestación de servicios, arrendamientos, obras y servicios relacionados con estas, para el funcionamiento de los órganos integrantes del Poder Judicial Federal (PJF), previendo que sus vigencias no superen el último trimestre de 2025, de conformidad con el presupuesto aprobado por la Cámara de Diputados para el año fiscal correspondiente”.

Lo anterior, ya que ello es necesario “a efecto de dar certeza en cuanto la transferencia de dichos derechos y obligaciones, que asumen el Tribunal de Disciplina Judicial y el Órgano de Administración Judicial”, y se establecen las bases “para dar continuidad en el cumplimiento de las obligaciones contraídas por el CJF, con motivo de su extinción, para que los actos jurídicos celebrados por éste se transfieran al Tribunal de Disciplina Judicial y al Órgano de Administración Judicial”, que entrarán en vigor el próximo 1º de septiembre.

Vigencia no mayor al último trimestre de 2025

De esa manera, “los instrumentos jurídicos, contratos, contratos accesorios, convenios, permisos administrativos, convenios de colaboración, acuerdos interinstitucionales o cualquier otro instrumento jurídico celebrados que generen derechos y obligaciones para el CJF con anterioridad a su extinción seguirán siendo válidos y vinculantes conforme a lo estipulado en ellos.

“Lo anterior, previendo que las vigencias de los instrumentos contractuales no superen el último trimestre de 2025, salvo aquellos instrumentos jurídicos celebrados con anterioridad al inicio de vigencia del decreto por el que se expide la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, con una vigencia mayor a ésta y que se encuentran sujetos al presupuesto aprobado por la Cámara de Diputados para el año fiscal correspondiente.

“Las garantías, seguros y demás instrumentos que se encuentran expedidos con motivo de los instrumentos jurídicos celebrados continuarán cubriendo las obligaciones y responsabilidades contractuales correspondientes; por lo tanto, los nuevos entes conservarán los derechos para ejercitar las acciones conducentes.”