Tribunal cancela las concesiones Atexcaco I y II
Un triunfo para las comunidades del pueblo maseual asentadas en Tlatlauquitepec, Yaonáhuac y Cuetzalan

Martes 1º de julio de 2025, p. 26
Puebla, Pue., Tras una década de litigio, el pueblo maseual logró librar a sus tierras de la amenaza de la minería, pues el Poder Judicial Federal dio por cumplida la sentencia de amparo que cancela definitivamente las concesiones Atexcaco I y II del grupo Ferrominero y Macuilquila de Minas Santa Martha SA de CV, informó Francisco Xavier Martínez Esponda, integrante de Territorios Diversos para la Vida (TerraVida), organización que acompañó y representó legalmente a las comunidades indígenas asentadas en Tlatlauquitepec, Yaonáhuac y Cuetzalan del Progreso.
En entrevista, el abogado explicó que el jueves pasado, el segundo tribunal colegiado en materia administrativa desestimó un recurso de las empresas mineras que buscaba echar abajo un proceso de consulta para consentimiento diseñado y construido colaborativamente entre el Consejo Maseual Altepetajpianij, la Secretaría de Economía (SE) y el Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas.
Esta decisión significa que ha quedado firme el proceso que culminó con la cancelación judicial de los títulos de concesión referidos y que implicó que la SE emitirá un posicionamiento sobre la improcedencia de los tres proyectos extractivos, su cancelación en el Registro Público de Minería, y la actualización de la cartografía de la región.
Martínez Esponda puntualizó que para cumplir con las sentencias ganadas por los maseual en 2018 y 2022 se trabajó con un enfoque pluricultural y colaboró con las distintas autoridades involucradas para diseñar un proceso inédito de consulta para consentimiento, que implicó el reconocimiento de sus asambleas, Consejo Altepetajpianij y sus sistemas normativos propios (usos y costumbres) para así reparar los derechos violados.
Lo que aquí ocurrió es extraordinario y puede inspirar a otros pueblos y comunidades que buscan proteger sus territorios
, destacó.
En el juicio de garantías también se reconoció que cuando hay cruce de proyectos mineros con los derechos de pueblos originarios, es evidente que los proyectos de vida de los pueblos son relegados sin justificación.
Expuso que la minería hace que los pueblos tengan que vivir con una carga excesiva y en una permanente expectativa, lo que genera angustia, por lo que se deben atender las garantías que le consagran los artículos 2 y 27 constitucionales y 13 y 15 del 169 de la Organización Internacional del Trabajo.
Para Martínez Esponda, el litigio demuestra por qué es importante que las comunidades indígenas apuesten por la vía judicial para la defensa de sus derechos.
Consideró que las aportaciones del pueblo maseual servirán para procesos legales similares, pues se demuestra que se puede trabajar desde el principio de pluralidad para la protección de sus proyectos de vida, sus territorios y de la naturaleza misma
.
El abogado ambientalista sentenció que gracias a esta lucha jurídica el pueblo maseual vuelve a tener su territorio libre
.