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La constitución ordena 8 en licenciatura y 9 en especialidad

Revisa el INE promedios de los 464 ganadores a magistrados de circuito

Hasta anoche había detectado a 3 que incumplen el requisito // La ley no dice qué hacer en esos casos

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▲ Silvia Rocío Delgado García, ex abogada de El Chapo, recibió ayer en Ciudad Juárez su constancia de mayoría para jueza del estado de Chihuahua.Foto Afp
 
Periódico La Jornada
Viernes 20 de junio de 2025, p. 3

A petición de un grupo de consejeros, la Secretaría Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral (INE) revisa de nuevo los expedientes de los 464 ganadores de la elección de magistrados de circuito para comprobar –con una metodología específica– la condición de cada uno en cuanto a su promedio académico.

Hasta anoche, como resultado de este análisis, se habían detectado tres casos de candidatos que no cumplen el requisito establecido en la Constitución de tener promedio mínimo de ocho en la licenciatura en derecho.

Pero la traba más grande no sería ahí, sino en el método para comprobar la segunda característica que exige la Carta Magna: tener nueve de promedio en las materias de la especialidad para la cual se compite.

Otro problema a resolver es qué se hará en los casos –pocos o muchos– de cancelación de triunfo; es decir, ¿el segundo lugar en la elección pasaría entonces a ser el ganador? ¿Se dejaría el cargo vacante o subiría el siguiente, pero del mismo sexo que el dado de baja?

Según fuentes del INE, ya hubo avance en cuanto a definir una metodología más flexible de revisión de promedios académicos, aunque persistían las diferencias entre consejeros y funcionarios hasta por la interpretación gramatical del párrafo constitucional que a la letra dice:

Para ser electo magistrada o magistrado de circuito, así como jueza o juez de distrito, se necesita contar el día de la publicación de la convocatoria con título de licenciatura en derecho expedido legalmente y haber obtenido un promedio general de calificación de cuando menos ocho puntos o su equivalente, y de nueve puntos o equivalente en las materias relacionadas con el cargo al que se postula en la licenciatura, especialidad, maestría o doctorado. Para el caso de magistrada o magistrado de circuito deberá contar además con práctica profesional de al menos tres años en un área jurídica afín a su candidatura.

Prácticamente cada consejero del INE tiene una visión frente al texto, incluso por razones de sintaxis, y por tanto hay conclusiones variadas. Carla Humphrey, por ejemplo, halló 34 casos que no cumplirían con el promedio de nueve en los estudios de especialidad. La metodología buscaría estar más acorde para elegir materias específicas para hacer el cálculo del promedio.

En esta revisión, realizada otra vez durante la madrugada de ayer por integrantes del área jurídica del INE, y que concluiría hoy, se agregarán pruebas nuevas (supervenientes), pero sobre todo se busca cumplir con los parámetros que ya dio la sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

El consejero Jorge Montaño citó en la sesión del miércoles una sentencia del TEPJF promovida contra decisiones de los comités de evaluación, uno por cada poder de la Unión. (Por disposición constitucional, esta vez, de cara a la elección judicial, el INE no fue el órgano responsable de revisar la documentación de los aspirantes, sino los comités).

En ese momento (enero pasado), el TEPJF reconoció que el párrafo constitucional en referencia era ambiguo y estigmatizante, e incidía de manera desproporcionada en la intención de las personas a ser votadas.