Opinión
Ver día anteriorJueves 25 de febrero de 2021Ver día siguienteEdiciones anteriores
Servicio Sindicado RSS
Dixio
 
#LeyDesapariciónPueblaYA
E

n enero de 2018 entró en vigencia la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, de Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas. A partir de esa fecha, se tenían 180 días para armonizar esta normativa en las legislaciones locales. Eso significa que, desde hace dos años y ocho meses, el Congreso de Puebla debió haber producido un marco jurídico en materia de desaparición para la entidad.

No obstante, recién el pasado 15 de julio se presentó la iniciativa de ley en materia de desaparición de personas, suscrita por Estefanía Rodríguez Sandoval, presidenta de la Comisión de Derechos Humanos del Congreso local. Esa iniciativa fue producto de un largo proceso de parlamento abierto, donde participaron un conjunto de familiares, colectivos e instituciones asesoras sobre desaparición forzada. En todo ello ciertamente fue significativa la disposición política del propio presidente del Congreso; sin embargo, a siete meses de haberse presentado aquella iniciativa, con cada día que pasa aumenta el riesgo de que se quede en la congeladora legislativa, pues se aproxima la jornada electoral del 6 de junio, de la cual emanará una nueva legislatura.

Para ayudar a dimensionar la realidad de esta problemática, que hace urgente la aprobación de la legislación local en la materia, revisemos algunas cifras reveladoras. Al 23 de febrero de 2021 había en el país 83 mil 750 personas en condición de desaparecidas, de las cuales aproximadamente 3 por ciento corresponde al estado de Puebla. Además, Puebla ocupa el segundo lugar nacional con más casos de mujeres desaparecidas, y el tercer lugar en casos de niñas, niños, y adolescentes de­saparecidos. Esto mantiene a Puebla como uno de los focos rojos en el país en desaparición causada por la violencia y la represión estatal, por el crimen organizado y, particularmente en esta zona, asociada a la trata de personas.

La iniciativa de ley, que se mantiene en un punto muerto, establece, entre otras medidas, un mecanismo estatal para la distribución y coordinación de competencias para el manejo de las búsquedas e investigaciones en los casos entre las distintas instituciones responsables; la disposición de un fondo anual proveniente del presupuesto de egresos del estado; la regulación del funcionamiento de la Comisión de Búsqueda de Personas, y garantiza la protección integral de los derechos de las personas desaparecidas y la participación de familiares en el diseño, la implementación, el monitoreo y la evaluación de las acciones de búsqueda e identificación de personas desaparecidas.

Si bien se han advertido señales que dan cuenta de la disposición del gobierno local para poner en primera línea el tema de la desaparición en Puebla, como la creación de la Comisión Estatal de Búsqueda, de la Fiscalía Especializada en Desaparición y de la propia Comisión local de Atención a Víctimas, entre las más sobresalientes, lo cierto es que esta buena disposición debe concretarse en un andamiaje jurídico que permita el diseño de una política pública que se concrete en estrategias coordinadas de todos los poderes públicos. Mientras no se apruebe la ley, más allá de los anteriores indicios, el mensaje que prevalece es que el estado minimiza la extrema gravedad de la problemática en la materia.

Así, se requiere de voluntad política para echar a andar la ley. Si bien sabemos por experiencia que un marco jurídico no resolverá por sí solo ni la crisis de derechos humanos, de la trata de personas, ni de la desaparición forzada; sin embargo, sí proporciona herramientas y mecanismos concretos para realizar la búsqueda de mejor manera, y, sobre todo, para acercar a las familias a los procesos de verdad y de justicia que necesitan y merecen. En suma, un marco jurídico es una ayuda relevante para reivindicar los derechos de las ­familias.

La iniciativa es apenas un primer paso en ese camino, luego será necesario que las leyes vayan acompañadas de una implementación adecuada, así como de indicadores contundentes para la planeación y evaluación de las políticas que deben operarse. En resumen, se trata de no ser indiferentes al dolor de las familias, y ellas deben colocarse en el centro de la agenda legislativa.

Esta urgente ley supone una oportunidad para el estado de Puebla de iniciar, de una buena vez, a construir los senderos legales, políticos y sociales para la atención de la desaparición en el estado. En síntesis, reivindicar a las víctimas conlleva no sólo la formulación de leyes y enunciar discursos de buenas intenciones, sino una verdadera voluntad y compromiso político de las instituciones, en diálogo y articulación con la ciudadanía, siempre poniendo en el centro a las víctimas y sus familias, cuya voz debe ser la guía principal para orientar los procesos que conduzcan a nuestra sociedad a la verdad y a la justicia que demandamos.