Sábado 16 de julio de 2011, p. 26
El sobreseimiento dictado por un tribunal en torno a un juicio de amparo interpuesto por Grupo Salinas, no define la controversia sobre la constitucionalidad del otorgamiento de las concesiones de la banda 1.7 gigahercios (Ghz), ni del fallo de la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel), consideró el director jurídico del grupo, Francisco Borrego, quien recordó que en 2010 se promovió un juicio de amparo en contra de la resolución de la Comisión Federal de Competencia, que no consideró en forma individual los límites de acumulación de espectro para que cada filial de la firma participara en el proceso de licitación. El amparo de Iusacell atacaba el que se le consideró dentro del proceso de licitación como parte de las empresas de Grupo Iusacell, esta resolución no resuelve los temas de fondo como es el caso de la constitucionalidad de los límites de acumulación máxima de espectro
. El pasado jueves Nextel dio a conocer que el décimo sexto tribunal colegiado en materia administrativa sobreseyó un juicio de amparo interpuesto por una filial del Grupo Salinas en 2010. Al respecto, Francisco Borrego dijo que con esta resolución se confirma la legitimidad de las licitaciones de las bandas 1.7 y 19 Ghz impugnadas por Grupo Salinas en más de 80 juicios.