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Juez concede amparo a ex gobernador Yarrington para acceder a recursos
 
Periódico La Jornada
Martes 7 de abril de 2026, p. 7

Tomás Yarrington Ruvalcaba, ex gobernador de Tamaulipas (1999-2004), obtuvo un amparo que ordena a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, darle acceso y disponibilidad a los recursos que posee en cuentas bancarias bloqueadas en 2019.

Sin embargo, la medida podrá revertirse si las autoridades reportan a la justicia federal que es investigado internacionalmente y que con base en ello congeló ese dinero.

Actualmente, el ex mandatario estatal enfrenta una reposición de procesos por delitos contra la salud, así como dos juicios más en los que se le acusa de delincuencia organizada y lavado de dinero, por lo que permanece preso en el Centro Federal de Readaptación Social número 1, Altiplano, en Almoloya de Juárez, estado de México.

Ayer, el juez Ulises Oswaldo Rivera González publicó en las listas del Poder Judicial de la Federación que otorgaba la protección de la justicia federal para efectos de que las autoridades de Inteligencia Financiera dejen insubsistente el congelamiento que impera sobre las cuentas bancarias del quejoso, del 2 de diciembre de 2019, así como todos los actos que deriven de éste.

Según el expediente, el impartidor de justicia declaró fundados los argumentos del ofendido, quien argumentó que la orden de bloqueo y/o inmovilización reclamada no se realizó con motivo del cumplimiento de un compromiso internacional adoptado por el Estado mexicano.

Señaló que una jurisprudencia de la segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación de 2018, a la fecha está vigente, resolvió que la atribución de la UIF consistente en ordenar el bloqueo de cuentas de los clientes y usuarios de servicios financieros, únicamente se puede emplear como medida cautelar relacionada con los procedimientos relativos al cumplimiento de compromisos internacionales asumidos por el Estado mexicano, no cuando derive de operaciones u orígenes estrictamente nacionales, como en el caso, pues, al no encontrarse relacionada con algún procedimiento administrativo o jurisdiccional específico, resulta contraria al principio de seguridad jurídica.