Economía
Ver día anteriorMiércoles 1º de abril de 2026Ediciones anteriores
Servicio Sindicado RSS
El SAT no publica información sobre pagos en especie
 
Periódico La Jornada
Miércoles 1º de abril de 2026, p. 17

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) no proporciona información detallada sobre las obras de arte aceptadas en el programa de pago en especie, aduciendo que la información es pública. Sin embargo, la página del organismo donde deberían estar los documentos relativos a las obras aceptadas al amparo de este programa está vacía (www.sat.gob.mx/portal/private/aplicacion/obras-pagadas-especie).

La Jornada consultó al organismo, sin que hasta ayer el catálogo de obras adscritas al programa de pago en especie sea público, aunque sí es posible encontrar los informes de 2017 y años anteriores.

Al pedirle vía transparencia la lista de todas las obras aceptadas en el programa pago en especie y el valor de impuestos cubierto por cada uno del ejercicio fiscal 2019 hasta la fecha, el organismo informó que no era necesaria una respuesta específica, dado que la información se encuentra en su página de Internet, la cual se encuentra vacía.

Sobre el valor de las obras, el organismo explicó que no hay tal registro porque “la modalidad de pago en especie no considera la determinación de los valores del impuesto que en su caso deben cubrirse (...) únicamente se establece que para el cumplimiento de las obligaciones fiscales bajo este esquema el contribuyente persona física (deberá estar) registrado en el programa”.

El número de obras que se entregan al programa está determinado con base en un tabulador que data de 1994, cuando se hizo oficial el pago en especie. Por ejemplo, si un artista vende o transmite a un tercero cinco obras a lo largo de un año fiscal, debe entregar una al SAT.

Cuando enajena de seis a ocho, dos deben ir al fisco; cuando vende o transfiere a terceros entre nueve y 11, tres se pagan al SAT; de 12 a 15, el tabulador indica que se debe retribuir a la hacienda pública con cuatro. La modalidad llega a un tope de seis obras al vender 21 o más.

El SAT explicó que estas obras pasan al acervo cultural de la nación; no son puestas a la venta ni se les asigna un precio, por lo que no existe un valor o cuantificación monetaria de los impuestos cubiertos.