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Desecha la Corte recurso de Hacienda contra Movistar
 
Periódico La Jornada
Jueves 26 de febrero de 2026, p. 13

La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público no tiene legitimidad para interponer un recurso de revisión contra un amparo concedido a Telefónica Movistar (con razón social Pegaso PCS SA de CV). Con ello, la empresa española dejará de pagar 4 mil 442 millones de pesos por ISR, correspondiente al ejercicio fiscal 2015.

Al analizar el amparo en revisión 1172/2025, la mayoría del pleno votó a favor de desechar ese recurso, quedando firme la sentencia del juez federal que le otorgó a la firma la protección de la justicia federal.

La ministra Lenia Batres votó en contra. Argumento que Hacienda sí tiene legitimación para defender los juicios fiscales a favor del Estado y que existe un tema de constitucionalidad, ya que el pago de impuestos se encuentra establecido en el artículo 31, fracción IV, de la Constitución. Agregó que el artículo 28 “prohíbe de manera absoluta la condonación de impuestos, prohibición que es aplicable tanto para el Poder Ejecutivo como pare el Legislativo y Judicial”.

Destacó también que el otorgamiento del amparo configura una violación constitucional, dado que la deducción acreditada en favor de la empresa provino de la operación y explotación de una red pública de telecomunicaciones regulada por el artículo 28 constitucional materia de la concesión y motivo de la deducción.

El caso se refiere a la negativa del SAT para permitir a Pegaso PCS, SA de CV la deducción de gastos derivados de una fusión empresarial realizada en 2014, lo que derivó en 2019 en la determinación de un crédito fiscal millonario.