Busca igualar el poder de fuego de cárteles
Martes 10 de febrero de 2026, p. 10
La Cámara de Diputados recibió ayer del Congreso de Chiapas la iniciativa de reforma que busca dotar a los policías de estados y municipios con armas y municiones de calibres que actualmente son de uso exclusivo de las fuerzas armadas para igualar el poder de fuego que tiene el crimen organizado.
Se trata de autorizar la compra de armas para uso específico en “territorios complejos” y, en conferencia de prensa conjunta con legisladores de esa entidad, el coordinador de Morena, Ricardo Monreal Ávila, resaltó que la intención es superar “la asimetría de armamento” de las policías locales frente las bandas criminales.
El legislador resaltó que el ejército siempre se ha opuesto a que las policías locales usen armamento y municiones de uso exclusivo de las fuerzas armadas, pero consideró necesario superar “el tabú” y abrir el debate.
La iniciativa será enviada en la sesión de hoy a la Comisión de Defensa para su dictamen, señaló, y an-ticipó que habrá una consulta pública a la que se invitará a goberna-dores, quienes, dijo, seguramente estarán de acuerdo con los cambios.
Detalló que se mantiene el carác-ter civil de las instituciones de segu-ridad pública, se reservan a las fuer-zas armadas las funciones de seguridad nacional y defensa exterior, y se atribuye a la Defensa el control absoluto sobre permisos, licencias, cancelaciones, resguardos y donaciones del armamento autorizado.
Monreal Ávila planteó que, con la reforma, se reduciría la dependencia estructural de la intervención militar en los estados, al dotar a las instituciones civiles de mejores capacidades para responder a amenazas de alto impacto.
La reforma busca modificar el artículo 8 bis de la ley con el fin de ampliar la facultad de la Defensa para autorizar permisos de adquisición y portación de armas de uso exclusivo del Ejército y la Marina a instituciones de seguridad pública, previa justificación.
Además, sustituir el Certificado Único Policial por uno individual del personal policiaco y definir que, cumplido el objetivo para el cual fue autorizado su uso, el armamento sea transferido a la Defensa o quede bajo resguardo militar.
Asimismo, modificaría el artículo 11 Bis, con miras a mantener la prohibición a particulares de poseer o usar armas, municiones y vehículos blindados adaptados para armamento, y agregar como excepción los casos autorizados conforme al artículo 8 bis.
También se incluyen cambios al artículo 29 de la ley, con objeto de permitir licencias oficiales colectivas para que policías y elementos de procuración de justicia porten armamento de mayor potencia cuando lo justifiquen, y definir que la solicitud se tramite por las secretarías de seguridad estatales.












