l 5 de febrero es una fecha trascendental en la historia de la nación mexicana. Ese día se promulgaron las dos constituciones políticas que sentaron las bases políticas, jurídicas e institucionales del Estado mexicano moderno.
El 5 de febrero se promulgó la Constitución de 1857. Condensaba las ideas defendidas por los liberales en las décadas posteriores a la consumación de la Independencia. El Plan de Ayutla, que derrocó a la dictadura de Santa Anna, ofreció convocar a un Congreso Constituyente para fundar un Estado laico, bajo la forma de un gobierno republicano, federal, democrático. La Constitución plasmó los principios de soberanía popular, forma republicana de gobierno, división de poderes, y estableció las garantías individuales de libertad, igualdad, trabajo, tránsito, seguridad jurídica y propiedad, así como un gobierno y unas leyes que consagren una sociedad más justa.
En el Congreso participaron varios de los personajes más destacados de la Reforma: Francisco Zarco, Ignacio Ramírez, Ponciano Arriaga, Guillermo Prieto, Valentín Gómez Farías y Vicente Riva Palacio. Entre sus primeras resoluciones estuvo la aprobación de la Ley Juárez, que establecía la igualdad de todos ante la ley, suprimiendo los tribunales militares y eclesiásticos, y la Ley Lerdo, que desamortizaba las propiedades de las corporaciones religiosas y civiles.
La Constitución estableció la separación entre la Iglesia y el Estado, la libertad de cultos, de pensamiento y la enseñanza laica. Para evitar la concentración de facultades en el Ejecutivo, dio preponderancia al Poder Legislativo, suprimiendo el senado. Estableció también la Ley de Amparo, como un mecanismo para proteger al ciudadano de los abusos del poder público.
La Constitución de 1857 fue la culminación de un gran movimiento social de transformación de las estructuras políticas, sociales y jurídicas y fue la base para la modernización y el desarrollo de la nación mexicana durante los siguientes 50 años. Seis décadas después, el 5 de febrero de 1917, Venustiano Carranza promulgó en Querétaro la Constitución Política que plasmaba las principales demandas de los miles de campesinos, obreros y sectores populares, hombres y mujeres, que habían hecho la Revolución, una explosión social que destruyó al Estado oligárquico porfirista, a su ejército y armada, a sus instituciones, y que creó el primer Estado social en el siglo XX en el mundo, a partir del pacto entre los representantes del nuevo Estado con las organizaciones populares.
Una vez que el constitucionalismo derrotó al villismo y al zapatismo, Carranza convocó a un Congreso Constituyente que se reunió en la ciudad de Querétaro. Inició sus sesiones el 1º de diciembre de 1916. Sesionó durante dos meses con discusiones intensas. En ellas destacaron diputados como Francisco J. Múgica, Heriberto Jara, Pastor Rouaix. Enrique Colunga, Enrique Recio, Rafael Martínez Escobar y Luis Manuel Rojas, José N. Macías, entre otros. Aprobaron una Constitución que fue la primera en el mundo en incorporar demandas sociales como derechos constitucionales. Los más importantes artículos fueron el 3º, el 27 y el 123. El artículo 3º estableció que la educación tenía que ser laica, obligatoria y gratuita, y que el clero no podía tener ninguna injerencia en el proceso educativo. De ese modo, el Estado garantizó la educación como un derecho universal que llegara a todas y todos los niños y adolescentes de México.
El artículo 27 dio solución al problema de la tierra, que había sido la principal demanda de la Revolución, sentando las bases de una amplia reforma agraria por medio de la cual el Estado asumió la responsabilidad de entregar la tierra a los campesinos, restituyendo su propiedad a quienes hubieran sido despojados de ella y otorgándola a quienes la necesitaran. En los años siguientes, esa reforma agraria entregó a los ejidatarios y comunidades agrarias más de la mitad del territorio nacional e hizo del sector social un protagonista principal en la evolución del campo mexicano. Además, el artículo 27 restableció la soberanía de la nación sobre sus recursos naturales incluyendo el subsuelo, petróleo, gas natural y minería, encomendando al Estado su preservación y la facultad de concesionarlos a los particulares, además de utilizarlos para el desarrollo nacional.
El artículo 123 incorporó las principales demandas laborales: el derecho de huelga y de sindicalización; la jornada máxima de trabajo; el salario mínimo, el descanso semanal obligatorio, la prohibición del trabajo infantil, los derechos laborales de las madres, la indemnización por accidentes laborales y la participación de los trabajadores en las utilidades de sus empresas. Dio también libertad a los municipios y ratificó el derecho de amparo. La Constitución de 1917 fue la más avanzada de su época, con un profundo contenido social, que estableció la rectoría del Estado para conducir el desarrollo del país, y vigilar el cumplimiento de los derechos sociales. El Estado social que surgió de la Revolución fue el primer Estado benefactor, del siglo XX, un Estado regulador del conflicto social, garante de los derechos sociales, rector de la economía y propietario de los sectores estratégicos de ella.
Este Estado, cuyos gobiernos a partir de 1940 detuvieron y en muchos sentidos dieron marcha atrás a las conquistas y derechos sociales, prácticamente desmantelados durante los gobiernos neoliberales, es el que está siendo reconstruido, volviendo a sus orígenes, desde diciembre de 2018, durante los dos últimos gobiernos federales.












