Viernes 6 de febrero de 2026, p. 10
La representación del PRI ante el Instituto Nacional Electoral (INE) pidió esclarecer si hay conflicto de interés en la designación de Jesús Octavio García, actual administrador del INE, y antes proveedor de materiales electorales para este órgano y otros de tipo local.
El tema, divulgado en la prensa desde el nombramiento (La Jornada, 25 de septiembre y 21 de noviembre de 2025) y hasta días recientes, no ha merecido una respuesta institucional de la presidenta del INE, Guadalupe Taddei, quien en el contexto de la reforma judicial obtuvo la facultad de hacer designaciones de altos funcionarios sin el aval del Consejo General.
Ayer, durante la sesión del consejo, realizada por videoconferencia, Marcela Guerra Castillo, representante del PRI, pidió que con el mismo rigor que se fiscaliza a los partidos se esclarezca la manera en que fue nombrado el responsable de la dirección ejecutiva de Administración del INE.
“Este planteamiento no prejuzga conductas, ¡ojo!, pero hay una preocupación que se centra en las condiciones objetivas del proceso de contratación y designación, por ejemplo, así como también en la necesidad de que se esclarezca si existió un análisis previo sobre posibles conflictos de intereses.
“En este contexto, pues resulta relevante conocer quién tomó esa decisión de contratación, qué criterios objetivos se valoraron y qué elementos se consideraron para descartar o identificar riesgos en la imparcialidad”, dijo.
También puso acento en que en la ficha curricular pública del ahora funcionario no aparecen los datos relacionados con su posición anterior (proveedor y concursante en distintas licitaciones tanto para organismos electorales locales como el INE, como representante –entre otras– de Cajas Graf, dedicada a la fabricación y venta de mamparas y otros materiales para votar o en el corporativo Zeg).
Hasta anoche, en la página del INE seguía la misma ficha curricular del funcionario colocada en octubre pasado, en la que se indica que “se ha desempeñado como consultor jurídico-administrativo, colaborando en proyectos estratégicos en el sector público y privado”.
Guerra Castillo declaró que más allá de las omisiones curriculares, la Ley General de Responsabilidades Administrativas define el conflicto de interés no sólo como un beneficio indebido, sino como una posibilidad o apariencia de que intereses personales, profesionales o de negocios puedan afectar el desempeño imparcial de la función pública.
Pidió entonces “coherencia” y “probidad” al INE en su propia administración, “poner el ejemplo” y aclarar el punto, así como el correspondiente seguimiento al tema por parte del Organo Interno de Control y la Auditoría Superior de la Federación. No hubo respuesta de nadie; ningún consejero intervino, ni siquiera aquellos que en su momento impugnaron las facultades extendidas de Taddei.












