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Rechaza el TEPJF ablandar requisitos a organismos para obtener registro
 
Periódico La Jornada
Jueves 29 de enero de 2026, p. 7

En la recta final para el cumplimiento de requisitos de las asociaciones que buscan convertirse en partidos políticos, los magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) rechazaron la propuesta de su colega Reyes Rodríguez relativa a modificar algunos criterios para contar a los afiliados de cada organización.

El tema toma relevancia porque alcanzar la meta de asambleas y afiliados (200 en el caso de las reuniones distritales y un padrón de al menos 256 mil 30 simpatizantes) se ha convertido en una rebatiña entre los punteros.

La propuesta de Rodríguez era modificar el acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE), cuyo instructivo para este tema fue impugnado por la asociación Construyendo Sociedades de Paz (CSP), grupo alentado por integrantes de iglesias cristianas, que hasta ayer había cumplido de manera preliminar el requisito de las asambleas, pero le faltan todavía simpatizantes inscritos.

Otra organización (México tiene vida) tiene una situación a la inversa: ya tiene los afiliados, pero le faltan 18 asambleas, mientras Personas Sumando (identificada con ex funcionarios del INE) también cuenta con la condición de las asambleas, y está en busca de miembros.

Rodríguez proponía que se tomen en cuenta todas las afiliaciones, aun cuando la asociación haya cambiado la modalidad; es decir, si optó al inicio del proceso por asambleas estatales y después cambió a distritales; igualmente definir el destino de los afiliados en otros casos.

El criterio del INE, vigente hasta ahora, es tomar en cuenta sólo la afiliación última (la más reciente). No son pocos los casos en que una misma persona participó en favor de una asociación, pero luego aparece en el listado de otra.

A lo anterior se agrega que puede haber tres maneras de inscribirse: presencial, en una asamblea; a distancia, vía aplicación electrónica, o en papel, como método tradicional en casos excepcionales.

Los magistrados Felipe de la Mata, Mónica Soto, Claudia Valle y Gilberto Bátiz (presidente del TEPJF) votaron en contra del proyecto de Rodríguez y dijeron que el caso debía ser asignado de manera aleatoria a otra ponencia, a fin de analizar el tema desde una perspectiva distinta.

Antes, también en la sesión, la sala superior del tribunal modificó un acuerdo del INE, a fin de que las aportaciones a estos grupos que buscan registro partidista puedan ser de personas físicas, “siempre y cuando los recursos provengan exclusivamente de actividades profesionales”, no empresariales.

A propuesta de Bátiz quedaron establecidos los requisitos para los apoyos en dinero o en especie, en los términos mencionados y desde una cuenta bancaria en la que se identifique claramente que los ingresos tienen ese origen (actividades profesionales), de ahí que se prohíbe ahora expresamente el uso de fondos relacionados con actividades empresariales.

En otro asunto, el TEPJF ordenó al INE responder antes del inicio de la próxima elección federal (cuyo proceso empieza en septiembre) si es viable agregar a la credencial de elector datos de autoadscripción de personas indígenas o afromexicanas.