abemos que en futbol se dan empates que se sienten y celebran como victorias. Parecido es el caso de la demanda interpuesta por Access Business Group (ABG, que agrupa a Amway-Nutrilite) contra México, en la cual el fallo del tribunal del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) del Banco Mundial fue a favor del defendido. México elude el “compensar” a la empresa estadunidense demandante por 2 mil 700 millones de dólares. Un triunfo para México, pero en realidad, el resultado favorable no le hace ganar nada, sólo no haber perdido. La empresa pierde el caso, pero sin tener que pagar nada en cambio, acaso sólo los gastos de arbitraje de México (ver Braulio Carbajal, La Jornada 25/11/25).
Pero sí resulta un triunfo final para las comunidades de San Isidro, en Jalisco, que han luchado por la devolución de sus tierras ejidales desde el decreto de 1939 del presidente Lázaro Cárdenas. Como dice la organización GRAIN, “en una enorme e histórica victoria, en 2022, tras más de 80 años de luchar por recuperar sus tierras, el gobierno federal reconoció que las 280 hectáreas eran parte del ejido y dictaminó que las tierras debían ser entregadas a la comunidad” (https://tinyurl.com/mw33xn5c).
La resultante demanda de ABG contra México brinda lecciones y levanta señales de alarma. Será uno de los casos que utilizarán los defensores del Sistema de Solución Inversionista-Estado (ISDS, por sus siglas en inglés) para argumentar que es justo, pues también se favorece a Estados; no importa que, como he dicho antes, “es como jugar futbol sólo en una mitad de la cancha, un equipo ataca y el otro sólo se puede defender”.
Además, el caso fue favorable para México sin que llegara a la etapa de los méritos, es decir, de que el tribunal de tres personas del CIADI decidiera si México violó o no los derechos de la empresa bajo el TLCAN, que son “trato justo y equitativo”, “estándar mínimo de trato”, “trato nacional” y “expropiación directa (de las tierras ejidales)”. La demanda de AGB no procedió porque el tribunal determinó que el CIADI no tenía jurisdicción, por “ser un caso en el que las medidas impugnadas ocurrieron más de dos años después de la terminación del TLCAN, por lo que no podían alegarse violaciones a obligaciones que ya no estaban vigentes” (ver https://tinyurl.com/2bxaha8d). Pero México está expuesto a muchas demandas más que sí tienen jurisdicción bajo decenas de Tratados de Libre Comercio y Bilaterales de Inversión (TLC y TBI). El caso de ABG es un caso muy específico de falta de jurisdicción y lejos de ser la norma.
De hecho, en días anteriores, México ha sufrido algunos reveses en dos demandas, cuando menos. En el caso de Bacanora Lithium et al. contra México, el tribunal del CIADI ha denegado a México la suspensión del procedimiento de arbitraje en su contra. En el caso de la minera First Majestic Silver, el tribunal del CIADI ha determinado que México tiene la obligación de liberar determinados rembolsos del IVA adeudados a la empresa (iareporter.com).
Una advertencia es que cualquier empresa puede recurrir a otros tratados donde el sistema ISDS está vigente (por ejemplo, al Tratado Transpacífico), con el cual empresas domiciliadas en cualquiera de sus países miembros pueden demandar a México (y a demás países miembros). Se trata del llamado “salir de compras de tratados” (o treaty shopping).
Asimismo, las empresas cuentan con otros tribunales, normalmente menos transparentes que el mismo CIADI. Tal es el caso de la demanda en 2024, recién publicada, de la enorme empresa energética italiana Eni contra México, en la Corte Permanente de Arbitraje (CPA) con sede en La Haya, Holanda. Se desconoce la razón precisa de la demanda, pero en el sitio web de la CPA se aclara que la controversia se refiere a un contrato en el sector del petróleo y el gas; seguramente en torno a sus proyectos de exploración y desarrollo en el Golfo de México (https://pca-cpa.org/es/cases/361/).
El futuro de México es preocupante porque ya está empeñado bajo TLC y TBI, y más cuando el gobierno se perfila a situar al país como suministro de minerales para la llamada transición energética. Según el secretario de Economía, Marcelo Ebrard, en la XXXVI Convención Internacional de Minería en Acapulco, celebrada el pasado 19 de noviembre, “estamos también muy comprometidos año 2026 (sic). Ya iniciamos las tareas. Se mencionó aquí brevemente reanudar la exploración (minera) a mayor escala en México y otras medidas para acelerar permisos que tenemos pendientes, acortar tiempos, facilitar la inversión (…) para México, la seguridad de nuestra cadena de suministro pues evidentemente es una prioridad del más alto rango” (https://tinyurl.com/4w98nud7).
Por su parte, empresas mineras tanto de Estados Unidos como de Canadá han presentado a la Oficina del Representante Comercial de Estados unidos (USTR) sus demandas para la revisión del T-MEC en 2026. Para la National Mining Association de Estados Unidos, la demanda es clara: “Para garantizar aún más las protecciones del arbitraje, el USTR debería negociar la designación de la industria minera como sector privilegiado en virtud del anexo 14-D del T-MEC (el cual) describe las normas del ISDS específicamente entre Estados Unidos y México”.
La apertura del gobierno de México a empresas mineras, en voz de Ebrard, contrasta con las palabras de la secretaria del Medio Ambiente, Alicia Bárcena, en la COP30 recién concluida en Brasil: “El gobierno de México continuará impulsando una agenda climática ambiciosa basada en la justicia social, la protección de la biodiversidad y las soluciones basadas en la naturaleza para construir un futuro próspero para las comunidades” (https://tinyurl.com/3abym56v). La 4T debe de atenerse a estas prioridades y no a intereses y dictados de empresas que añoran restablecer sus privilegios.
*Institute for Policy Studies (www.ips-dc.org)












