Viernes 14 de noviembre de 2025, p. 5
El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México (TSJCDMX) ordenó levantar medidas cautelares con las que Grupo Salinas ha conseguido retrasar, con la protección de un juez de la capital del país, el pago de una deuda en Estados Unidos que ronda 600 millones de dólares, unos 11 mil 100 millones de pesos. También dispuso acciones para transparentar las información de una de las empresas del magnate en la Bolsa Mexicana de Valores (BMV).
En 2022, Tv Azteca empezó un proceso ante el sexagésimo tercer juzgado civil de la Ciudad de México, presidido entonces por el juez Miguel Ángel Robles Villegas, quien dejó el cargo el pasado 29 de agosto (https://t.ly/TlMgl), en el que solicitó que declarara que la pandemia de covid-19 constituía un caso de fuerza mayor que le impedía cumplir sus obligaciones y liquidar sus deudas a los inversionistas (https://t.ly/05bqD).
El pasado día 11, la tercera sala civil del TSJCDMX, en cumplimiento a una resolución dictada por el décimo tribunal colegiado en materia civil del primer circuito, resolvió revocar las medidas cautelares que habían sido concedidas en 2022 en favor de la empresa, en un juicio mercantil promovido contra diversos bonistas extranjeros, de acuerdo con información obtenida por La Jornada.
En su resolución, la sala concluyó que las medidas cautelares originalmente otorgadas “eran excesivas y generaban efectos que limitaban injustificadamente el ejercicio de derechos procesales de los bonistas, en contravención del principio de acceso a la justicia”.
En una segunda resolución relacionada con el grupo empresarial de Salinas Pliego, el 30 de octubre de 2025, el juzgado noveno civil del proceso escrito de la CDMX ordenó levantar otra medida cautelar que impedía a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) requerir a una empresa del consorcio que cotiza en la BMV datos respecto a cualquier situación financiera o económica.
“Esta medida cautelar impidió a la CNBV, desde septiembre de 2023, ejercer su labor de regulador del sistema financiero y requerir la información correspondiente, para dar certeza jurídica y financiera al público inversionista.”
En ambos procedimientos corren los plazos para que las resoluciones cobren firmeza o se substancien los medios de impugnación que la ley otorga a las partes.











