Sábado 5 de abril de 2025, p. 10
En el Senado está listo el proyecto de dictamen para reformar la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, a fin de alinear el contenido de esa norma con estándares internacionales para una protección integral del sistema financiero y la sanidad de la economía
mexicana.
El documento circula ya entre los integrantes de la Comisión de Justicia y se ha programado aprobarlo la próxima semana. Se precisa que con los cambios propuestos se cumplen las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera para robustecer el marco legal mexicano en materia de lavado de dinero, con la aplicación de medidas preventivas y la supervisión de las actividades y profesiones no financieras, denominadas en nuestro país como actividades vulnerables.
Entre las modificaciones está una significativa en el papel que desempeña la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) en la lucha contra el lavado de dinero y el financiamiento al terrorismo.
Se le reconoce como víctima u ofendido en los delitos de lavado de dinero en los que se utilizan servicios de instituciones del sistema financiero
. Con ello se asegura la participación de la UIF en las investigaciones y procesos penales.
Asimismo, se elimina la necesidad de demostrar dolo específico para sancionar la presentación de información falsa, alterada o ilegible a quienes deban dar avisos, así como la modificación de información o documentos destinados a ser incorporados en los avisos
.
Otro cambio a esa ley amplía la lista de actividades vulnerables, al incluir nuevos sectores, como desarrollo inmobiliario, comercialización de activos virtuales (criptomonedas) y la prestación de servicios de fideicomiso, entre otras actividades financieras tradicionales.
Los individuos o entidades que llevan a cabo estas acciones deberán cumplir con la identificación y reporte de beneficiarios finales, además de las operaciones sospechosas. Igualmente, se incorpora la definición de persona políticamente expuesta (PEP), que es aquella que realiza actividades vulnerables. Se establece además que deben identificarse y monitorear las operaciones con estos clientes.
La propuesta incluye un manual de políticas internas para supervisar las acciones con las PEP y sistemas automatizados para dar seguimiento, así como la indicación de que los avisos relacionados con actividades vulnerables deberán ser presentados de manera electrónica. Esto agiliza el proceso de reporte y facilita la supervisión realizada por las autoridades. Además, se amplía la obligación de presentar reportes de operaciones sospechosas que incluyan tanto las transacciones concluidas como las intentadas.