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Enmienda judicial va

Pérez Dayán emite el voto decisivo

Reforma al PJF, vigente y legal: Suprema Corte

Cuatro ministros impiden echar abajo preceptos como la elección de jueces

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▲ Loretta Ortiz y Yasmín Esquivel (en la imagen) votaron en contra de invalidar la modificación legislativa.Foto SCJN
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Periódico La Jornada
Miércoles 6 de noviembre de 2024, p. 2

La reforma al Poder Judicial se mantiene vigente y se considera legal. El voto del ministro Alberto Pérez Dayán fue definitivo para que el grupo que encabeza la ministra Norma Lucía Piña Hernández perdiera la mayoría necesaria para echar abajo la modificación legislativa y con ello se rechazó el proyecto del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, que pretendía que se invalidaran preceptos de la enmienda constitucional como la elección por voto popular de jueces y magistrados.

Así, con el criterio de Pérez Dayán unido a las posturas esgrimidas por las ministras Yasmín Esquivel Mossa, Lenia Batres Guadarrama y Loretta Ortiz Ahlf, cualquier votación que pretendiera anular la reforma judicial o alguna de sus partes se convirtió en una muralla porque todos ellos coincidieron en que la Corte no tiene la facultad para decir qué es lo que debió llevar o no la Constitución.

Incluso el propio autor del proyecto dijo que las reglas del juego no se establecen en plena jugada.

Pero casi al final surgió un último intento de la ministra Piña que tomó por sorpresa a los cuatro opositores al proyecto de González Alcántara, pues sobre la marcha la presidenta de la SCJN quiso cambiar las reglas con las cuales se desarrolló la sesión con 11 miembros y buscó que con seis votos se pudiera declarar la invalidez de las normas impugnadas y no con los ocho que normalmente dan la mayoría calificada.

Piña expresó: les quiero hacer una pregunta a los ministros que votaron contra de procedencia, porque escuché que lo dijeron, eh, porque de esto dependerá el estudio, ¿ustedes van por el sobreseimiento y ya serían los cuatro votos que no nos darían lugar a declarar la invalidez o reconocer la validez de la reforma, pero sería el sobreseimiento? Según su criterio, ¿procede el sobreseimiento de la acción?

Una vez que los cuatro, Esquivel, Batres, Ortiz y Pérez ratificaron su posición, Piña, quien cada vez mostraba más su nerviosismo y contrariedad, soltó: “¿Sí? Pues regresamos al tema original que traemos desde hace tiempo… si se necesitan seis u ocho votos”.

Los ministros que echaron por tierra los argumentos de que la Corte podía revisar una reforma constitucional –como lo proponía el proyecto del ministro González Alcántara Carrancá– respondieron que, de acuerdo con la manera en que hasta ese momento se había realizado la sesión, se requería de ocho votos para declarar la validez o invalidez de la reforma en alguna de sus partes.

En lo que pareció una declaración de cortesía, Piña dijo al pleno: o si quieren lo detenemos aquí, lo pensamos y regresamos para no precipitarnos, lo que ustedes decidan.

Se llevaban ya cinco horas y media de debate. Era una de las sesiones más largas durante la gestión de Piña.

La propuesta era incomprensible porque la sesión comenzó con base en lo establecido en la Ley Orgánica de la Corte y en la Constitución, con un pleno de 11, para que en ese conexto una decisión de inconstitucionalidad tuviera que ser avalada por ocho de sus integrantes. Pero lo que la ministra presidenta buscaba era aplicar lo estipulado con la reciente reforma al Poder Judicial, según la cual en un pleno con nueve integrantes bastarán seis votos para la declaratoria de validez o invalidez de la norma a discusión.

Así, con la encomienda de regresar a decidir con cuántos ministros se debía votar el fondo del proyecto, una hora y 40 minutos después los togados retornaron. Durante el descanso circularon versiones que cuestionaban si el ministro Pérez Dayán había sido presionado para no votar por la declaración de invalidez de la reforma. Pero él insistió en que solamente mantuvo su criterio. Y también que durante esos minutos había quienes trataron de convencerlo de que diera al grupo de Piña el voto necesario.

Fracasa intento de Piña

Cuando se reanudó el pleno, el intento de Piña era claro que había fracasado: seis de los 11 ministros se manifestaron por que se mantuviera el criterio de que la declaratoria de validez o invalidez tuviera que darse con la aprobación de ocho ministros.

El ministro González Alcántara señaló: “Yo me expresé (como mencioné) que eran seis votos los necesarios para invalidar según la literalidad del artículo 105 constitucional; sin embargo, en estas condiciones, en medio del asunto mismo que estamos por votar, no creo que sea correcto entrar al fondo del asunto.

“Las reglas del juego no se establecen en plena jugada. Con la misma autocontención que guio la elaboración del proyecto, creo que hoy nos corresponde autocontenernos y parar, es decir, es estéril el estudio de fondo si ya se pronunciaron las señoras ministras Esquivel, Ortiz, Batres y el ministro Pérez Dayán por la improcedencia de este medio de control, y se manifestaron también, los cuatro, por la voluntad de no obligarse una mayoría de la procedencia y, por lo tanto, de no pronunciarse respecto del fondo.

Recuerdo en este punto que el proyecto contiene únicamente declaraciones de invalidez y que, sin ellos cuatro, ninguna invalidez es posible bajo el parámetro de ocho votos que previamente regían nuestra mayoría calificada.

La ministra presidenta de la Corte tuvo que concluir: el proyecto únicamente está haciendo en los resolutivos unas declaratorias de invalidez, no hay reconocimiento de validez y, por lo tanto, únicamente se desestimaría la votación necesaria y ya no entraríamos al fondo del asunto. ¿Están de acuerdo?

Así, por unanimidad, se decidió una sesión de pleno en la cual los argumentos esgrimidos por los cuatro ministros que se opusieron a la mayoría se volvieron definitorios y pusieron en el debate los antecedentes de que cinco de quienes estaban por aprobar que la Corte podía desestimar reformas o algunos establecidos en la constitución ya habían desechado esas pretensiones en 2016.

Norma Piña, quien fue parte de aquellos cinco ministros hace ocho años, junto con Javier Laynez, Mario Pardo, Luis María Aguilar y Alberto Pérez, respondió diciendo que la ley no prohíbe, es más, lo prevé, el cambio de criterio, siempre y cuando se señale la justificación.

Antes, también reconoció que no es exagerado afirmar que cualquiera que sea la decisión a la que arribemos (sobre el proyecto) será retomada por los libros de historia de nuestro país.

Desechan proyecto de González Alcántara

Con ello, la sesión concluyó aceptando lo que en un principio la ministra Lenia Batres planteó al pleno, pero con diferentes argumentos: desechar el proyecto del ministro González Alcántara por considerar que la supremacía constitucional lo impide.

Dicha propuesta, que fue apoyada por la ministra Yasmín Esquivel y compartida por Loreta Ortiz, había sido rechazada en su momento por mayoría de nueve votos del pleno.

Más tarde, el argumento y voto del ministro Pérez Dayán se convirtió en sentencia y tumbó el proyecto que muchos en la calle aseguraban sería a su favor: Por más que me trate de convencer a mí mismo de lo contrario, resolver en el sentido que propone la propuesta sería, lo digo con todo respeto y exclusivamente en el fuero de mi propia persona, responder a una insensatez llevada irresponsablemente al texto supremo con otra insensatez equivalente a forzar el ejercicio de una facultad que no me fue conferida en el conocimiento de una acción de inconstitucionalidad. Gracias, señora ministra presidenta.