Jueves 31 de octubre de 2024, p. 35
Editorial
La reforma judicial tiene errores mayores y menores. Alguno menores han sido detectados por los propios legisladores. Los mayores serán mostrados por la Corte o el juez en turno. Impensable esperar que las cámaras acepten haberlos cometido.
Los artículos transitorios de la reforma, con el proceso para la salida de jueces y votación de nuevos, son revisables en el juicio de amparo. No tienen el mismo peso legal que los nuevos artículos constitucionales. Una razón, ya la expuso Miguel Bonilla, es la imposibilidad de supeditar el texto principal a sus transitorios. En el conflicto entre ambos, prevalece la constitución. Si los transitorios no se integran a la constitución, pueden revisarse. La violación a derechos laborales bastará para invalidar los transitorios. En su prisa por quedar bien, quedarán mal.
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