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Defensoría de oficio le falló a la víctima: activistas

Querétaro intenta castigar a la niña, no a su violador

El delito que se persigue no es aborto, sino homicidio, dice la fiscalía

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▲ Integrantes del colectivo Adax Digitales exigieron frente a la Fiscalía General del Estado de Querétaro que se respeten los derechos de la adolescente.Foto Facebook Alerta Informativa
Corresponsal
Periódico La Jornada
Martes 29 de octubre de 2024, p. 25

Querétaro, Qro., El sujeto que violó y embarazó a la niña Esmeralda, de 14 años de edad –sujeta a proceso penal por el homicidio del bebé que esperaba, pese a que análisis científicos demostraron que sufrió un aborto espontáneo–, quedó virtualmente exonerado por desinterés y omisiones de la Fiscalía General del Estado (FGE), pese a que se comprobó que él engendró al producto en gestación, sostuvo en conferencia de prensa Mayra Dávila, representante del colectivo feminista Adax Digitales.

La activista afirmó que la FGE muestra más interés en criminalizar a la niña que en sancionar a su violador, quien dijo que los hechos eran falsos; después de eso se le hizo una prueba de genética, la cual establece que él es el padre.

Dávila reprochó que a pesar de que el imputado mintió a representantes de la FGE, no se le inició la carpeta de investigación por falsedad de declaración ante una autoridad. Abundó que la fiscalía no lo volvió a citar para esclarecer los hechos, y no continuó con la investigación, que terminó en el no ejercicio de la acción penal, lo que quiere decir que ni siquiera fue vinculado a proceso, por lo que su calidad jurídica es de padre.

Según Dávila, la responsabilidad de que no fuera imputado recayó en la defensoría de oficio que se le asignó a la adolescente, ya que omitió impugnar el no ejercicio de acción penal que se dictó a favor del agresor, y que debió hacerlo cuando ella fue notificada por la FGE.

Relató que hace tres semanas, integrantes de Adax Digitales rebatieron una de esas decisiones y la ganamos ante un juez, pero la mayoría de las asesorías jurídicas públicas no impugnan ningún tipo de esas resoluciones.

Acotó que la FGE también argumentó, para no seguir con las pesquisas sobre la violación de la que Esmeralda fue víctima, que al momento de ser interrogada, la niña no estableció las circunstancias en que fue agredida.

Ante esto, con ella tuvieron que haber implementado un análisis y un acompañamiento desde la perspectiva de infancia y de género, no es posible que en un caso de violación se le trate a ella de obligar a que determine cosas que le compete a la fiscalía investigar.

Añadió que ni siquiera mujeres adultas violadas recuerdan dónde y cuándo se les atacó, por la situación traumática que vivieron.

Dávila resumió: No se brindó a Esmeralda un respaldo jurídico adecuado; sólo se le citó una vez a declarar y no se le permitió dar una ampliación de entrevista, tampoco se le ofreció acompañamiento alguno ni se le citó para someterla a un examen sicológico de memoria.

Mayra Dávila deploró que, en contraste, la FGE se ha mostrado más rigurosa al buscar que se juzgue a Esmeralda de homicidio, que en investigar la violación que padeció. Mencionó que en diversas entrevistas, el fiscal Víctor Antonio de Jesús argumentó que el producto de 36 semanas de gestación nació vivo, respiró y fue estrangulado.

Explicó que la fiscalía sustenta su tesis en una mecánica de lesiones que elaboró un médico legista, mientras la nueva defensora de la niña cuenta ahora con un metadictamen pericial que se hace en patología forense, que determina las causas de un deceso.

Detalló que el metaperitaje del caso concluyó que el feto padecía malformaciones congénitas, falleció por muerte natural y que el mecanismo fue por asfixia prenatal (antes del nacimiento), o hipoxia fetal crónica.

Esto significa, agregó, que se trató de un aborto espontáneo, en el cual hubo desprendimiento total del producto y de la placenta, lo que refuta el dictamen de la FGE.

Asimismo, desmintió al fiscal De Jesús, quien sostuvo que en Querétaro ya no se inician carpetas de investigación por el delito de aborto, como indica una sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en cuanto a diversos artículos del Código Penal de Querétaro que sancionan a mujeres que abortan.

De Jesús también declaró a los medios que Esmeralda sí sabía que estaba embarazada y que, de acuerdo con un dictamen de mecánica de lesiones que se practicó al feto, éste nació con vida y respiró antes de ser estrangulado, por lo que fue víctima de homicidio.

Destacó que no hay evidencias de que la niña hubiera sido violada, de lo cual se informó debidamente a su defensa, que no impugnó el no ejercicio de la acción penal.

Rechazó los señalamientos de Mayra Dávila de que la FGE solicitó al juez que lleva el caso que imponga a Esmeralda hasta tres años de prisión en un centro de reclusión para menores, y pretende que indemnice con más de 500 mil pesos a quien tenga el interés jurídico que, apuntó la activista, sería el supuesto violador al ostentar el carácter de padre.

El fiscal manifestó que “sería absurdo que la FGE, cuya función principal es la persecución de los delitos, así como asegurar la reparación del daño de las víctimas, estuviese hipotéticamente solicitando la reparación del daño a favor de un delincuente.

Es decir, nosotros, no tenemos elementos para sustentar que haya existido una violación. Es importante generar el cuidado de la información porque se trata de una menor, y creo que debemos salvaguardar sus derechos, sus datos personales, su identidad.

Enfatizó que el delito que se persigue es homicidio y no aborto, y que la menor está bajo la medida cautelar de arraigo domiciliario.