Señalamiento de Gálvez a Sheinbaum es susceptible de constituir calumnia, define el INE
Martes 14 de mayo de 2024, p. 6
La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó suprimir del segundo debate presidencial las manifestaciones en contra de la candidata de la coalición Sigamos Haciendo Historia, Claudia Sheinbaum Pardo, concretamente la expresión de “narcocandidata”.
Tras un análisis de las expresiones emitidas en este ejercicio del proceso electoral, la comisión consideró que son procedentes las medidas cautelares, porque ese tipo de calificativos que hizo la abanderada de la oposición, Xóchitl Gálvez, el pasado 28 de abril, podría ser un hecho o delito falso con impacto en el proceso electoral y es susceptible de constituir calumnia en contra de Sheinbaum.
Por lo anterior, se ordenó a la Secretaría Ejecutiva del instituto realizar las acciones necesarias para que suprima las expresiones motivo de la denuncia alojadas en YouTube y en la página Central Electoral, así como de las versiones en lenguas náhuatl, maya, tsotsil y de señas mexicana.
Por otro lado, se negaron las medidas cautelares en su vertiente de tutela preventiva al tratarse de hechos futuros de realización incierta.
Sheinbaum presentó una queja ante el INE por propaganda calumniosa por parte de Xóchitl Gálvez durante el segundo debate presidencial sobre el presunto nexo con grupos del crimen organizado dedicados al tráfico de drogas, extorsión y cobro de piso sin que existan pruebas de ello.
“Se declara procedente porque en el caso del análisis se estima que existen elementos suficientes para considerar que las expresiones son ilícitas, concretamente al afirmar que Claudia Sheinbaum es narcocandidata sin que se adviertan elementos mínimos de veracidad para realizar dichas aseveraciones”, indica el proyecto del acuerdo.
Al respecto, la consejera Claudia Zavala comentó que es muy delicado utilizar esos términos ligados al narcotráfico, aun cuando sea en el ámbito de un debate, donde las expresiones pueden ser espontáneas, porque no se tiene un aspecto probatorio
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Posible ventaja de Téllez
En otro asunto, esta comisión resolvió que la candidata a una senaduría por mayoría relativa, Lilly Téllez, de la coalición Fuerza y Corazón por México, debe suspender su participación en un programa radiofónico matutino, pues podría darle ventaja en estos comicios.
Se determinó que es procedente la medida cautelar al considerar que existen elementos suficientes para señalar que podría advertirse una posible sobrexposición de la denunciada por su participación e intervención en el programa, lo cual, de un análisis preliminar, pudiera contravenir el principio de equidad en la contienda por una posible adquisición de tiempo en radio
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Lo anterior fue a raíz de que dos candidatos al Senado por Sonora presentaron queja en contra de los partidos Acción Nacional (PAN), Revolucionario Institucional (PRI), de la Revolución Democrática (PRD) y la candidata Téllez, por la participación como colaboradora
en el programa conocido como Ciro Gómez Leyva por la mañana.
Por ello, se ordenó a la candidata suspender de inmediato sus intervenciones en el espacio radial, mientras se desarrolla la etapa de campaña y periodo de reflexión del proceso electoral en curso.
Sobre la solicitud de eliminar de las diversas plataformas digitales del medio de comunicación todos los programas, desde el 18 de diciembre de 2023, el colegiado determinó que es improcedente la solicitud, pues la materia de la queja es la adquisición de tiempos en radio y su difusión obedece a una labor periodística e informativa
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Sobre el supuesto fraude a la ley, se consideró que será analizado por la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación al resolver el fondo del asunto.