Viernes 15 de marzo de 2024, p. 11
Los ministros de la segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvieron el miércoles un amparo que favoreció parcialmente a Totalplay, empresa de Grupo Salinas, contra resoluciones del Servicio de Administración Tributaria (SAT) y el Tribunal Federal de Justicia Administrativa en las que se le exigía el pago de 645 millones 763 mil 797 pesos por concepto de impuesto sobre la renta.
El asunto contemplaba seis conceptos relacionados con adeudos por el ejercicio fiscal 2011, de los cuales sólo se le dio razón en uno, el cual impactaba en la comisión a distribuidores
para telefonía local, larga distancia nacional e internacional y otros servicios.
Por ello el amparo concedido tiene el efecto exclusivo para que el SAT haga un nuevo cálculo y reduzca un porcentaje, todavía por definir, del total de los casi 646 millones de pesos del adeudo.
Los otros cinco conceptos analizados por la Corte, dentro del amparo y en los cuales no se dio la razón a Totalplay, fueron por pago de comisiones y anticipos, gastos administrativos y comercialización, gastos de viaje, capacitación y ropa de trabajo, gastos de fabricación así como por pérdida por cuentas incobrables
.
Sobre el último punto, la SCJN concluyó que la empresa no proporcionó los medios de prueba para acreditar la existencia, a su favor, de cuentas por cobrar. Además de que dentro del objeto social de la compañía no se encuentra pagar deudas por cuenta de terceros.
También se determinó que las erogaciones no se tradujeron en la obtención de ingresos ni mantenían relación con su objeto social durante el ejercicio fiscal 2011.
Con los votos favorables de los ministros Alberto Pérez Dayán, Javier Laynez Potisek y Yasmín Esquivel Mossa, la Corte avaló amparar a la compañía sólo para obtener una deducción de arancel por el concepto de comisiones a distribuidores
.
El máximo tribunal concluyó que la autoridad hacendaria no contaba con facultades competenciales para analizar aspectos inherentes a una materia distinta a la fiscal y, por tanto, este punto correspondía a la Comisión Federal de Telecomunicaciones.
El ministro Luis María Aguilar Morales planteó negar el amparo, en todos los aspectos a Totalplay; sin embargo, obligado por la mayoría de los miembros de la sala, modificó su propuesta con el fin de conceder la protección a la empresa.
Aguilar votó contra los nuevos resolutivos junto con Lenia Batres Guadarrama, pues consideraron que debía negarse el amparo en su totalidad a Totalplay.
En las próximas semanas Aguilar concluirá la redacción de la sentencia y la difundirá, tomando en cuenta la opinión y voto de sus cuatro compañeros de la segunda sala por cada uno de los seis principales puntos revisados.