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Piden a la Coridh atribuir al Estado desaparición del zapatista Antonio González
 
Periódico La Jornada
Jueves 22 de junio de 2023, p. 19

En audiencia pública, familiares de Antonio González, miembro de las bases civiles del EZLN desaparecido en 1999 en El Calvario, Chiapas, y sus representantes, pidieron a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Coridh) que acredite la desaparición forzada de la víctima y la responsabilidad del Estado mexicano en este caso.

Por su parte, la representación del Estado solicitó a este tribunal no pronunciarse al respecto pues señaló que hay un acuerdo de cumplimiento de las recomendaciones emitidas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), en julio de 2019, las cuales fueron aceptadas y se ofreció una disculpa pública en enero de 2022.

La CIDH refirió que si bien esto sucedió, la investigación realizada por el Estado no ha esclarecido la verdad de lo ocurrido con Antonio, tampoco ha identificado o sancionado a los responsables ni ha encontrado a la víctima.

No obstante, también reconoció que en su informe de fondo de 2019 estimó que no existían antecedentes suficientes para considerar acreditada la participación estatal en la desaparición y calificar lo sucedido como desaparición forzada.

En la sesión virtual, encabezada por el presidente de la Coridh, Ricardo Pérez Manrique, la esposa de Antonio, Sonia López Juárez demandó que el Estado busque y encuentre a su marido, y que se repare el daño causado.

Mario Ortega, del Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de Las Casas, aseveró que existen indicios suficientes para que este tribunal tenga por acreditada que la desaparición puede ser atribuida al grupo paramilitar Paz y Justicia, y por ende calificarla como forzada por su vínculo con el Estado.

Consideramos que ello puede demostrarse porque se ha probado la política estatal contrainsurgente basada en la formación de grupos paramilitares, sostuvo. Antonio era un blanco visible del paramilitarismo y su desaparición tenía como propósito afectar el proyecto de tienda colectiva zapatista de la que era encargado, subrayó.

Refirió que cuando se dio la desaparición existía un control territorial por parte del citado grupo paramilitar, y Juan Regino, última persona con la que se vio a la víctima, ha sido señalado como integrante de éste.

En representación del Estado, Salvador Tinajero, consultor jurídico adjunto de la Secretaría de Relaciones Exteriores, al tiempo que reiteró el compromiso ineludible en favor de la protección y promoción de los derechos humanos, indicó que la Corte no debería conocer del presente caso.

Argumentó que la litis ya ha sido resuelta por la Coridh y enfatizó que en caso contrario, mermaría la autoridad de la comisión, restaría el valor de sus decisiones y desalentaría el involucramiento de los Estados en esa etapa procesal.

Asimismo, expuso que la Corte no puede conocer sobre supuestas violaciones que no hayan sido alegadas en el momento procesal oportuno y solicitó refrendar las conclusiones de la CIDH en el sentido de que no existen motivos ni elementos jurídicos para atribuir al Estado la desaparición forzada de Antonio.