Jueves 15 de junio de 2023, p. 3
Un juez de distrito desechó el juicio de amparo que promovió la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) que ordena entregarle a Juan Collado Mocelo la determinación del no ejercicio de la acción penal que dictó la delegación de la Fiscalía General de la República (FGR) en Querétaro, relacionado al caso Caja Libertad.
La unidad puede impugnar esta resolución ante un tribunal colegiado, quien determinaría si confirma, modifica o revoca el fallo de primera instancia.
La UIF tramitó la demanda el pasado 9 de junio para impugnar el fallo del 7 de junio en el que se declaró infundado el recurso de revocación, en el cual se requirió a la FGR y la unidad que en un plazo de cinco días hábiles corrieran traslado al defensor particular de Juan Collado el dato de prueba consistente en la determinación ministerial de no ejercicio de la acción penal.
De acuerdo con la defensa, ese documento permitiría a Juan Collado recuperar su libertad dentro del proceso penal que se inició en su contra por los delitos de delincuencia organizada y operaciones con recursos de procedencia ilícita.
El juez de distrito desechó el juicio porque argumentó que la entrega de ese dato de prueba no perjudica los derechos sustantivos de la UIF, toda vez que sólo versa sobre el desahogo de una probanza.
En febrero pasado el titular de la agencia séptima investigadora Querétaro de la FGR, Fernando Ramos López, dictó el no ejercicio de la acción penal a favor de Juan Collado, debido a que la adquisición del edificio sede de Caja Libertad que se realizó en marzo de 2015 por 156 millones de pesos fue legal y no simulada como aseguran autoridades.
El abogado fue detenido el 9 de julio de 2019 en un restaurante de las Lomas de Chapultepec. Un día después, un juez federal con sede en el Reclusorio Norte determinó vincularlo a proceso por cargos de delincuencia organizada y operaciones con recursos de procedencia ilícita.