Sábado 29 de abril de 2023, p. 11
El segundo tribunal colegiado en materia penal revisará la apelación interpuesta por la defensa de Jesús Murillo Karam, ex titular de la Procuraduría General de la República (PGR), por lo que se refiere a la vinculación a proceso por el primer proceso penal instruido en su contra y en el que se le acusa de haber cometido los delitos de desaparición forzada en contra de los 43 normalistas de Ayotzinapa, tortura y contra la procuración de justicia.
Como se informó, el juzgado segundo de distrito en materia de amparo, con sede en la Ciudad de México, negó la protección de la justicia federal en el recurso 971/2022, en el cual la defensa de Murillo Karam apeló el auto de vinculación a proceso y solicitó el cambio de medidas cautelares a fin de que su cliente enfrente el primer proceso en libertad.
El recurso de apelación corresponde resolverlo al segundo tribunal colegiado, luego de que el juez de primera instancia desestimó los argumentos de Murillo Karam al considerar que la medida cautelar cumple con la regularidad constitucional, convencional y legal exigida para ello
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En la resolución, de la cual posee copia La Jornada, refiere que la defensa del ex procurador considera inmotivado que se le dictara prisión preventiva justificada toda vez que su cliente ha acreditado un estado de salud vulnerable y que cuando fue detenido él mismo se puso a disposición de las autoridades.
Sin embargo, el juzgado de amparo consideró que la medida es idónea, proporcional y la menos lesiva para cautelar los peligros procesales de sustracción del imputado, de obstaculización del desarrollo de la investigación, para evitar un posible daño a las víctimas y testigos, así como ante los factores y/o circunstancias de riesgo adecuadamente observados y constatados por la autoridad responsable, especialmente su posición económica y sociopolítica
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Además, en la resolución se señala que de encontrarse en libertad, posibilitaría la destrucción, modificación, ocultamiento o falsificación de elementos de prueba, dada la naturaleza de la investigación, así como de influir para que testigos o peritos informen de manera falsa o se comporten de manera reticente o inducir a otros a realizar tales comportamientos, o que se intimide, amenace u obstaculice la labor de servidores públicos que participen en la investigación.
Murillo Karam fue vinculado a un segundo proceso penal por los delitos de tortura y desaparición forzada temporal en contra de uno de los imputados inicialmente como coautores de la desaparición de los 43 normalistas de Ayotzinapa.