Vulneran autonomía y transgreden derecho a la información
El instituto publicó en su portal el texto de la controversia ante la Corte
Viernes 14 de abril de 2023, p. 12
Al no designar a quienes ocuparán las vacantes de comisionados que hay en el pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), el Senado vulnera de manera directa la autonomía de este órgano actor y, con ello, transgrede los derechos de acceso a la información y protección de datos personales de toda la sociedad
, de acuerdo con el instituto.
En el texto de la controversia constitucional que el INAI interpuso ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) el pasado 27 de marzo –misma que fue publicada en el portal del instituto y que ya fue admitida a trámite y turnada a la ministra Loreta Ortiz–, la Dirección General de Asuntos Jurídicos del instituto señala que debido a las omisiones del Senado, el INAI está impedido de cumplir con su mandato constitucional de garantizar el derecho de acceso a la información y la protección de datos personales, en perjuicio de todas y todos los mexicanos
.
En la controversia, el INAI pide a la Corte que resuelva si el pleno del instituto puede sesionar con los comisionados que actualmente tienen nombramiento vigente. Y es que el pleno del INAI, órgano de dirección del instituto, se encuentra incapacitado para sesionar desde el 1º de abril por falta de quórum, pues debido a que el Senado no ha hecho los nombramientos correspondientes, únicamente cuenta con cuatro comisionados, uno menos que el mínimo que marca la ley para que sus sesiones tengan validez legal.
El INAI argumenta ante la SCJN que el Senado está incumpliendo con una obligación constitucional, lo que redunda en una violación al principio de división de poderes, pues al no designar a las personas que ocuparán el cargo de comisionado o comisionada, se impide que este órgano ejerza las funciones que le fueron encomendadas por la Constitución
.
También apunta que hay una vulneración a su diseño institucional, al impedir que el órgano garante previsto en el artículo 6 constitucional se integre en la forma y tiempos que establece la Constitución y la legislación secundaria
y una afectación a su nómina competencial, en tanto que el diseño previsto para el INAI contempla a siete comisionadas y comisionados, para efectos de estar en posibilidad material de ejecutar todas y cada una de sus facultades encomendadas
.
Además, el INAI considera que se está vulnerando su autonomía constitucional y se están violando los derechos de acceso a la información y protección de datos personales de todos y cada uno de las y los mexicanos, al alterar la integración del órgano garante.
Adicionalmente, ante la imposibilidad de sesionar en pleno y resolver los medios de impugnación presentados por los ciudadanos, el INAI suspendió los plazos previstos para los expedientes que deberían ser resueltos a partir del pasado lunes.
Por otra parte, el INAI también publicó en su portal el texto de la acción de inconstitucionalidad que interpuso ante la SCJN en contra del llamado plan B de la reforma electoral promovido por el gobierno federal.
En el documento, el instituto argumenta que los cambios legales vulneran el derecho al acceso a la información pública y la protección de datos personales.