Viernes 14 de abril de 2023, p. 8
La Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó inexistente la promoción personalizada y actos anticipados de precampaña y campaña del canciller Marcelo Ebrard, al considerar en un asunto analizado que no se trató de una participación en actos partidistas o proselitistas, además de que no hubo ninguna mención para promover su figura rumbo a las elecciones de 2024.
En la sesión pública, el pleno de esta sala del Tribunal Electoral votó por unanimidad que el secretario de Relaciones Exteriores participó en actos internos de la dependencia que encabeza, en los que no hizo ningún llamado a votar por él o no votar por otra persona, por lo que no hay elementos para considerar que violó las leyes electorales.
El canciller mexicano participó en un acto llamado Congreso para la internacionalización de municipios mexicanos, al que asistieron los presidentes municipales de Acapulco, Guerrero; Tecolotlán, Jalisco; Apodaca, Nuevo León; Querétaro, Querétaro; Mérida, Yucatán, entre otros, por lo que la queja señala que hubo promoción personalizada rumbo al proceso electoral de 2024, pero esta sala determinó que no fue así.
El pleno de la Sala Especializada también votó por unanimidad que el presidente Andrés Manuel López Obrador no ejerció propaganda gubernamental en periodo prohibido durante la conferencia mañanera del 16 de marzo de 2022 durante el proceso de la revocación de mandato, por lo que puede volver a publicarla, ya que no incurrió en ningún acto contrario al marco jurídico electoral ni hubo uso indebido de recursos públicos y de programas sociales para incidir en la voluntad de la ciudadanía.