Podrán argumentar legítima defensa
Jueves 6 de abril de 2023, p. 23
Santiago. Un controversial proyecto de ley para “proteger a las policías" y que, entre otras materias, establece la legítima defensa privilegiada de Carabineros (militarizada), Policía de Investigaciones (civil), Gendarmería (carcelaria) y fuerzas armadas, quedó listo para ser promulgado tras ser aprobado en el Senado y en la Cámara de Diputados de Chile.
La legislación es consecuencia tangible del asesinato de dos carabineros –uno de ellos una sargento segundo, madre de dos menores de 15 y 12 años– con pocos días de diferencia en marzo, que colocaron al rojo vivo la agenda de seguridad, ya recargada desde hace meses.
El proyecto, conocido como Ley Naín-Retamal (los apellidos de otros dos carabineros muertos en servicio en 2020 y 2022), estaba prácticamente archivado; pero el frenesí de reproches y acusaciones cruzadas desatado por los crímenes recientes y por la percepción ciudadana de que la delincuencia campea por doquier, impulsaron su aprobación a ritmo de tambor
en menos de una semana.
La legislación, en su versión original, fue idea de parlamentarios derechistas, y prácticamente garantizaba impunidad a los uniformados que emplearan sus armas en actos de servicio, al establecer que tendrían presunción de inocencia cuando fuera en defensa propia o de terceros.
La defensa privilegiada se entendería justificada ante un ataque con uso o amenaza de arma blanca o de fuego, objeto cortante, punzante o contundente; cuando fuese perpetrado mediante vías de hecho por dos o más personas, en que el funcionario estimara que la agresión tenía potencialidad mortal o lesiva; y cuando el o la funcionaria trate de impedir la consumación de determinados delitos.
Desde el gobierno y sectores de la izquierda parlamentaria vieron en estos justificativos potenciales violaciones a los derechos humanos, por ejemplo, en manifestaciones o protestas públicas.
El oficialismo logró cierto ajuste y el controversial artículo dice que se presumirá legalmente que concurre la legítima defensa, cuando los uniformados realizan funciones de orden público y seguridad pública interior, y que “se entenderá que concurre el uso racional del medio empleado si, en razón de su cargo o con motivo u ocasión del cumplimiento de funciones de resguardo de orden público y seguridad pública interior, repele o impide una agresión que pueda afectar gravemente su integridad física o su vida o las de un tercero, empleando las armas o cualquier otro medio de defensa".
Parlamentarios izquierdistas que votaron en contra anunciaron que concurrirán al Tribunal Constitucional para impugnar la norma.