Jueves 29 de septiembre de 2022, p. 4
La primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación se declaró incompetente para resolver la contradicción de criterios sobre los alcances de las sentencias de indemnización moral y medidas de satisfacción para las víctimas, cuyo promovente había pedido que se considerara en este asunto a los familiares de los estudiantes de Ayotzinapa. El caso será turnado a un pleno de circuito.
Por tres contra dos, los ministros señalaron que no existía contradicción entre los criterios sustentados entre tribunales colegiados, así que bastaba con que las contradicciones que sí subsisten fueran resueltas por el pleno del cuarto circuito. Esta primera sala es incompetente para conocer de la contradicción de tesis suscitada entre los tribunales colegiados del cuarto circuito
, señala el acuerdo aprobado, que fue leído en la sesión por la secretaria de estudio y cuenta María Dolores Igareda.